I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE JUSTICIA. Ministerio Fiscal. Plantilla orgánica. (BOE-A-2023-10050)
Real Decreto 311/2023, de 25 de abril, por el que se modifica y amplía la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal para adecuarla a las necesidades existentes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 57934
Por lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo dieciocho, apartado
cinco, de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, se procede a fijar la nueva composición de
la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal, adecuándola a las necesidades de la Fiscalía
mediante la creación de setenta plazas, dos de ellas de la categoría primera,
correspondientes a los Fiscales de Sala contra los delitos de odio y discriminación, y en
materia de derechos humanos y memoria democrática, y el resto de las plazas de la
categoría segunda, con el objetivo de tender hacia la equiparación entre las categorías
de las carreras Judicial y Fiscal.
En particular, se amplía la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal en aquellos
territorios en los que se han creado nuevas unidades judiciales tras la promulgación
del Real Decreto 954/2022, de 15 de noviembre, así como en aquellas Fiscalías que
han precisado de refuerzos durante los últimos años, poniendo de relieve una
infradotación de sus plantillas en los territorios que llevan más tiempo sin sufrir
modificaciones.
Así, se destaca la creación de plazas de fiscales vinculadas a la reciente creación de
siete nuevos juzgados de violencia sobre la mujer: El número 3 de Palma, el número 1
de Toledo, el número 3 de Alicante, el número 2 de Elche/Elx, el número 1 de Alzira, el
número 1 de Sueca y el número 5 de València, de conformidad con lo previsto en el Plan
Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género, aprobado por el
Consejo de Ministros el 15 de diciembre de 2006, que supone que la creación de
juzgados exclusivos de violencia precisará la dotación a los mismos de un fiscal
especializado.
Por otra parte, en el informe del Consejo Fiscal se hace referencia a algunas
cuestiones particulares a tener en cuenta en la modificación de la plantilla orgánica, en
este sentido, en la última comisión mixta de 21 de diciembre de 2022 celebrada en
Galicia todos los asistentes mostraron su interés y conformidad con la supresión de las
secciones territoriales de Cambados y de Verín, con la integración de las plazas de
fiscales de dichas secciones en las Fiscalías Provinciales de Pontevedra y de Ourense,
modificación que se realiza de conformidad con lo previsto en la disposición final primera
de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, que faculta al Gobierno para redistribuir las
plantillas entre las distintas Fiscalías, siempre que no implique incremento en las
plantillas presupuestarias respectivas.
Asimismo, y en consideración a lo solicitado en el informe del Consejo Fiscal, en
base a la situación de facto generada durante años y la proximidad geográfica existente
entre El Ejido y Berja, se acuerda que la sección territorial de El Ejido atenderá también
el partido judicial de Berja.
En atención a lo solicitado por el Consejo Fiscal, se modifica la denominación de la
Unidad especializada de la Fiscalía General del Estado sobre «Siniestralidad Laboral»
que pasa a denominarse de «Seguridad y Salud en el Trabajo», asumiendo así la
denominación de uso habitual por la propia Fiscalía General del Estado y por los
delegados de la unidad. Asimismo, se atiende a la solicitud recibida de la Fiscalía
General del Estado para cambiar la denominación de la Unidad especializada de
«Extranjería» de la Fiscalía General del Estado, que pasa a denominarse de «Trata de
Personas y Extranjería».
Por último, también atendiendo al informe del Consejo Fiscal, se cambia la
denominación de la Fiscalía de Área de Vilanova i la Geltrú-Gavá para convertirse en la
Fiscalía de Área de Vilanova i la Geltrú-Gavá-Vilafranca del Penedès, con sede de la
Fiscalía de Área en las tres localidades; y de la Fiscalía de Área de Granollers, que pasa
a denominarse de Granollers-Mollet del Vallés, con sede de la Fiscalía de Área en las
dos localidades.
La distribución de las setenta plazas creadas se recoge en el articulado de este real
decreto, con lo que la plantilla del Ministerio Fiscal contará con un total de 2.683 plazas,
quedando derogado el Real Decreto 306/2022, de 3 de mayo.
Este real decreto se adecúa a los principios de buena regulación a los que se refiere
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
cve: BOE-A-2023-10050
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 99
Miércoles 26 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 57934
Por lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo dieciocho, apartado
cinco, de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, se procede a fijar la nueva composición de
la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal, adecuándola a las necesidades de la Fiscalía
mediante la creación de setenta plazas, dos de ellas de la categoría primera,
correspondientes a los Fiscales de Sala contra los delitos de odio y discriminación, y en
materia de derechos humanos y memoria democrática, y el resto de las plazas de la
categoría segunda, con el objetivo de tender hacia la equiparación entre las categorías
de las carreras Judicial y Fiscal.
En particular, se amplía la plantilla orgánica del Ministerio Fiscal en aquellos
territorios en los que se han creado nuevas unidades judiciales tras la promulgación
del Real Decreto 954/2022, de 15 de noviembre, así como en aquellas Fiscalías que
han precisado de refuerzos durante los últimos años, poniendo de relieve una
infradotación de sus plantillas en los territorios que llevan más tiempo sin sufrir
modificaciones.
Así, se destaca la creación de plazas de fiscales vinculadas a la reciente creación de
siete nuevos juzgados de violencia sobre la mujer: El número 3 de Palma, el número 1
de Toledo, el número 3 de Alicante, el número 2 de Elche/Elx, el número 1 de Alzira, el
número 1 de Sueca y el número 5 de València, de conformidad con lo previsto en el Plan
Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género, aprobado por el
Consejo de Ministros el 15 de diciembre de 2006, que supone que la creación de
juzgados exclusivos de violencia precisará la dotación a los mismos de un fiscal
especializado.
Por otra parte, en el informe del Consejo Fiscal se hace referencia a algunas
cuestiones particulares a tener en cuenta en la modificación de la plantilla orgánica, en
este sentido, en la última comisión mixta de 21 de diciembre de 2022 celebrada en
Galicia todos los asistentes mostraron su interés y conformidad con la supresión de las
secciones territoriales de Cambados y de Verín, con la integración de las plazas de
fiscales de dichas secciones en las Fiscalías Provinciales de Pontevedra y de Ourense,
modificación que se realiza de conformidad con lo previsto en la disposición final primera
de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, que faculta al Gobierno para redistribuir las
plantillas entre las distintas Fiscalías, siempre que no implique incremento en las
plantillas presupuestarias respectivas.
Asimismo, y en consideración a lo solicitado en el informe del Consejo Fiscal, en
base a la situación de facto generada durante años y la proximidad geográfica existente
entre El Ejido y Berja, se acuerda que la sección territorial de El Ejido atenderá también
el partido judicial de Berja.
En atención a lo solicitado por el Consejo Fiscal, se modifica la denominación de la
Unidad especializada de la Fiscalía General del Estado sobre «Siniestralidad Laboral»
que pasa a denominarse de «Seguridad y Salud en el Trabajo», asumiendo así la
denominación de uso habitual por la propia Fiscalía General del Estado y por los
delegados de la unidad. Asimismo, se atiende a la solicitud recibida de la Fiscalía
General del Estado para cambiar la denominación de la Unidad especializada de
«Extranjería» de la Fiscalía General del Estado, que pasa a denominarse de «Trata de
Personas y Extranjería».
Por último, también atendiendo al informe del Consejo Fiscal, se cambia la
denominación de la Fiscalía de Área de Vilanova i la Geltrú-Gavá para convertirse en la
Fiscalía de Área de Vilanova i la Geltrú-Gavá-Vilafranca del Penedès, con sede de la
Fiscalía de Área en las tres localidades; y de la Fiscalía de Área de Granollers, que pasa
a denominarse de Granollers-Mollet del Vallés, con sede de la Fiscalía de Área en las
dos localidades.
La distribución de las setenta plazas creadas se recoge en el articulado de este real
decreto, con lo que la plantilla del Ministerio Fiscal contará con un total de 2.683 plazas,
quedando derogado el Real Decreto 306/2022, de 3 de mayo.
Este real decreto se adecúa a los principios de buena regulación a los que se refiere
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
cve: BOE-A-2023-10050
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 99