III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2023-10023)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Gobierno de Aragón y la Jefatura Central de Tráfico, para la mejora del conocimiento de la siniestralidad vial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 25 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 57627

A su vez, el citado texto refundido, en su artículo 114, crea el Registro Nacional de
Víctimas de Accidentes de Tráfico del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico y
el Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior, en su artículo 11 apartado o), faculta a la Dirección
General de Tráfico a desarrollar y gestionar el Registro velando por la incorporación de
todas las fuentes de información relacionadas con las características de los accidentes y
sus consecuencias.
II. Por otra parte, el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Aragón (en
adelante IMLCFA), creado por Orden JUS/331/2002, de 31 de enero, es un órgano
técnico cuya misión es auxiliar a los juzgados, tribunales, fiscalías y oficinas del registro
civil mediante la práctica de pruebas periciales médicas, tanto tanatológicas como
clínicas y de laboratorio, así como realizar actividades de docencia e investigación
relacionadas con la medicina forense.
Por medio del Real Decreto 1702/2007, de 14 de diciembre, se traspasaron desde el
Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón, las funciones y servicios en materia de
provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la
Administración de Justicia.
Así, en el Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 8/1982,
de 9 de junio, en su redacción vigente, aprobada por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de
abril, en sus artículos 63 a 69 regula los aspectos relacionados con la Justicia,
correspondiendo a la Comunidad Autónoma, en todo caso, la organización, dotación y
gestión de las oficinas jurisdiccionales. De acuerdo con lo previsto en el artículo 69
citado, además de las competencias expresamente previstas por el Estatuto, la
Comunidad Autónoma de Aragón ejercerá todas las funciones y facultades que la Ley
Orgánica del Poder Judicial atribuya al Gobierno de España con relación a la
Administración de Justicia en Aragón.
El IMLCFA está adscrito a la Dirección General de Justicia del Departamento de
Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón, de conformidad con lo
dispuesto en el Decreto 6/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por la que se
aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Relaciones
Institucionales, artículo 16.1.g)
III. Según los datos de siniestralidad, en el año 2021 en Aragón, el número de
accidentes en los que hubo alguna víctima fue 2.115, el número de personas fallecidas
fue 51, el número de heridos hospitalizados fue 325 y el de no hospitalizados fue 2.449.
Por lo que considerando que la seguridad vial es un problema de toda la sociedad y
por ello, es necesaria la implicación de las Administraciones Públicas, es voluntad de
ambas partes, de acuerdo con el ámbito de sus competencias territoriales, actuar con un
objetivo común de mejora del conocimiento de la siniestralidad que contribuya a la
adecuada toma de decisiones en materia de seguridad vial.
IV. Este convenio se celebra, según las estipulaciones contenidas en los
artículos 147 y siguientes de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen
Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón, y artículos 47 y siguientes de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que tienen
carácter básico de acuerdo con lo previsto en su disposición final decimocuarta.
Con arreglo a lo anterior, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio
conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El objeto del presente convenio es intercambiar información sobre víctimas de
accidentes de tráfico en la Comunidad Autónoma de Aragón, con el propósito de realizar
una identificación común de las personas víctimas de tráfico, establecer perfiles típicos y
analizar las características de los accidentes. Con ello se pretende conocer de manera

cve: BOE-A-2023-10023
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Núm. 98