V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2023-12213)
Extracto de la Resolución de 17 de abril de 2023 del Museo Nacional del Prado, por la que se convocan 12 becas de Investigación y Formación de especialistas en materias de la competencia del Organismo
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Martes 25 de abril de 2023

Sec. V-B. Pág. 18988

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

12213

Extracto de la Resolución de 17 de abril de 2023 del Museo Nacional
de l Prado, por la que se convocan 12 be cas de Inve stigación y
Formación de e spe cialistas e n mate rias de la compe te ncia de l
Organismo

BDNS(Identif.):689662
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
689662)
Primero. Beneficiarios
Los requisitos de obligado cumplimiento exigidos para participar en esta
convocatoria son los siguientes:
1.- Tener la nacionalidad española o de algún otro Estado Miembro de la Unión
Europea, en adelante UE, o de alguno de los Estados signatarios del Acuerdo
sobre el Espacio Económico Europeo; ser residente en España en el momento de
incorporarse a la beca; poseer un dominio del idioma español -hablado y escritoque permita a los solicitantes desenvolverse satisfactoriamente durante su
actividad formativa.
2.- Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título exigido
con posterioridad a enero de 2015. En cuanto al plazo, se atenderá
exclusivamente la finalización de la diplomatura, licenciatura o grado, sin que se
tenga en cuenta la fecha de finalización de los cursos de doctorado u otros
estudios de postgrado.
3-. Poseer la titulación exigida para ambas especialidades de beca:
Grado universitario o equivalente en Historia del Arte. Los expedientes
académicos con valoración media inferior a notable o equivalente serán
desestimados (por debajo de 2 puntos en una escala de 0 a 4 y por debajo de 7
puntos en una escala de 0 a 10).
4.- Estar al corriente del cumplimiento en sus obligaciones tributarias y frente a
la Seguridad Social y no ser deudor por obligaciones de reintegro.

6.- No podrán ser beneficiarios de la beca las personas en quien concurra
cualquiera de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS.
De conformidad con lo establecido en el artículo 69.1 de la LPACAP, el
solicitante se compromete a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante
el periodo de tiempo inherente al disfrute de la beca, debiendo informar de
cualquier variación en las circunstancias al Órgano de instrucción.

cve: BOE-B-2023-12213
Verificable en https://www.boe.es

5.- No haber sido beneficiario con anterioridad a esta convocatoria de una beca
del MNP (excluidas las becas otorgadas para la asistencia a cursos o seminarios
Cátedra del Prado).