III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Convenios. (BOE-A-2023-9947)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, por la que se publica el Convenio con Librolandia, SL, para promover la sensibilización y concienciación social contra la violencia de género en el marco de la iniciativa "Empresas por una sociedad libre de violencia de género".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Lunes 24 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 57301

de Género, y la empresa Librolandia, SL, para el diseño, elaboración, y seguimiento de
acciones de sensibilización con el objetivo común de fomentar, en el marco del Pacto de
Estado contra la Violencia de Género, la concienciación social para la erradicación de la
violencia contra las mujeres en todas sus manifestaciones.
Segunda.

Compromisos de las partes.

Para la implantación y desarrollo del presente convenio:
El Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación del Gobierno contra la Violencia
de Género, se compromete a:
– Poner a disposición de la empresa Librolandia, SL, firmante campañas y
materiales de información y de concienciación social contra la violencia sobre las
mujeres para su difusión por los distintos canales de comunicación de dicha empresa.
En todo caso, el material proporcionado por la Delegación de Gobierno contra la
Violencia de Género se difundirá de manera íntegra sin posibilidad de modificación,
pudiendo incluir el logo de la empresa Librolandia, SL.
– Difundir y apoyar a través de las redes sociales y demás canales de comunicación
propios las diferentes actuaciones que se lleven a cabo en desarrollo del presente convenio.
– Colaborar en la planificación, organización y ejecución de las actuaciones de
información, prevención y sensibilización que se pongan en marcha en desarrollo del
presente convenio.
– Prestar asesoramiento y apoyo en todas las actuaciones que se pongan en
marcha en desarrollo del presente convenio.
La empresa Librolandia, SL, se compromete a:

La colaboración deberá concretarse, de mutuo acuerdo, a través de la Comisión de
Seguimiento previamente a la realización de cada actuación y no implicará aportación
económica por ninguna de las partes. En todo caso, se tratará de desarrollar las
cuestiones técnicas y operativas de las actuaciones derivadas de las obligaciones
asumidas y que no suponen, en ningún caso, una modificación del contenido de las
obligaciones contraídas en el presente convenio.
Tercera. Financiación.
Este convenio no supone ni conlleva obligaciones económicas ni contempla la
existencia de gastos que requieran el establecimiento de un sistema de financiación. A
este respecto, cada parte interviniente asumirá con sus propios medios, materiales y
personales, las acciones a emprender en cumplimiento de este convenio.

cve: BOE-A-2023-9947
Verificable en https://www.boe.es

– Colaborar en la difusión de las campañas de sensibilización y prevención que el
Ministerio de Igualdad ponga en marcha, utilizando sus canales de comunicación
propios. Lo anterior se entiende sin perjuicio de las acciones que la empresa Librolandia,
SL, pueda desarrollar en la materia por propia iniciativa.
– Las acciones adicionales en materia de igualdad que desarrolle la empresa
Librolandia, SL, por propia iniciativa, fuera del ámbito del presente convenio, no podrán
incluir el logo del Ministerio, conforme a la cláusula quinta, ni ninguna referencia al
presente convenio.
– Realizar actuaciones de concienciación social con motivo de la conmemoración de
determinados días internacionales relacionados con la erradicación de las diferentes
formas de violencia contra las mujeres.
– Remitir a la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género la información
relativa al seguimiento y ejecución de las actuaciones que lleve a cabo en el marco de
este convenio.