III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-9942)
Resolución de 17 de abril de 2023, del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Consorcio IFMIF-DONES España, para la contratación precomercial de servicios de i+d.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97
Lunes 24 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 57252
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
9942
Resolución de 17 de abril de 2023, del Centro para el Desarrollo Tecnológico
y la Innovación, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Consorcio
IFMIF-DONES España, para la contratación precomercial de servicios de i+d.
Con fecha 12 de abril de 2023, se ha suscrito el Convenio entre el Centro para el
Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. (anteriormente denominado Centro para el
Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E.) y el Consorcio IFMIF-DONES España, para la
realización de una actuación conjunta en innovación mediante contratación precomercial
de servicios de I+D.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 17 de abril de 2023.–El Director General del Centro para el Desarrollo
Tecnológico y la Innovación, E.P.E., Francisco Javier Ponce Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. y el
Consorcio IFMIF-DONES España, relativo a la contratación precomercial de servicios
de I+D en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
REUNIDOS
De una parte, don Ángel Ibarra Sánchez, actuando en nombre y representación del
Consorcio IFMIF-DONES España, en su calidad de Director, cargo para el que fue
nombrado por acuerdo adoptado en la sesión ordinaria del Consejo Rector celebrada el
día 5 de julio de 2021 y recogidas en los estatutos del Consorcio (BOE núm. 10405,
de 22 de junio de 2021, y con competencia para la suscripción de convenios en el uso de
las atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra, don Francisco Javier Ponce Martínez, en su calidad de Director General del
Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., en adelante CDTI, Entidad
Pública Empresarial creada por RDL 8/1983, de 30 de noviembre, actuando en nombre y
representación de esta entidad en virtud de los poderes otorgados en la reunión del
Consejo de Administración del CDTI, celebrada el 31 de julio de 2020 y protocolizados
ante la Notaria de Madrid, doña María Eugenia Reviriego Picón, con fecha 7 de octubre
de 2020, con el número 1.187 de su orden de protocolo.
EXPONEN
Primero.
Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (en
adelante, LCTI), así como la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología y de
Innovación 2020-2027 contemplan la necesidad de impulsar la contratación pública
destinada a fortalecer la demanda de productos innovadores.
cve: BOE-A-2023-9942
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir,
Núm. 97
Lunes 24 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 57252
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
9942
Resolución de 17 de abril de 2023, del Centro para el Desarrollo Tecnológico
y la Innovación, E.P.E., por la que se publica el Convenio con el Consorcio
IFMIF-DONES España, para la contratación precomercial de servicios de i+d.
Con fecha 12 de abril de 2023, se ha suscrito el Convenio entre el Centro para el
Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. (anteriormente denominado Centro para el
Desarrollo Tecnológico Industrial, E.P.E.) y el Consorcio IFMIF-DONES España, para la
realización de una actuación conjunta en innovación mediante contratación precomercial
de servicios de I+D.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 17 de abril de 2023.–El Director General del Centro para el Desarrollo
Tecnológico y la Innovación, E.P.E., Francisco Javier Ponce Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. y el
Consorcio IFMIF-DONES España, relativo a la contratación precomercial de servicios
de I+D en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
REUNIDOS
De una parte, don Ángel Ibarra Sánchez, actuando en nombre y representación del
Consorcio IFMIF-DONES España, en su calidad de Director, cargo para el que fue
nombrado por acuerdo adoptado en la sesión ordinaria del Consejo Rector celebrada el
día 5 de julio de 2021 y recogidas en los estatutos del Consorcio (BOE núm. 10405,
de 22 de junio de 2021, y con competencia para la suscripción de convenios en el uso de
las atribuciones que le confiere el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra, don Francisco Javier Ponce Martínez, en su calidad de Director General del
Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., en adelante CDTI, Entidad
Pública Empresarial creada por RDL 8/1983, de 30 de noviembre, actuando en nombre y
representación de esta entidad en virtud de los poderes otorgados en la reunión del
Consejo de Administración del CDTI, celebrada el 31 de julio de 2020 y protocolizados
ante la Notaria de Madrid, doña María Eugenia Reviriego Picón, con fecha 7 de octubre
de 2020, con el número 1.187 de su orden de protocolo.
EXPONEN
Primero.
Que la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (en
adelante, LCTI), así como la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología y de
Innovación 2020-2027 contemplan la necesidad de impulsar la contratación pública
destinada a fortalecer la demanda de productos innovadores.
cve: BOE-A-2023-9942
Verificable en https://www.boe.es
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir,