II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Destinos. (BOE-A-2023-9817)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 24 de febrero de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Lunes 24 de abril de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
9817

Resolución de 14 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de
24 de febrero de 2023.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Este Ministerio acuerda hacer pública la resolución total de la convocatoria de libre
designación anunciada por Resolución de 24 de febrero de 2023, BOE del día 1 de
marzo de 2023, según anexo adjunto a la presente Resolución.
El plazo máximo para la toma de posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres
días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta
cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo empezará a contarse
a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde dicha publicación.
Contra la presente Resolución, se podrá interponer con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.

cve: BOE-A-2023-9817
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Madrid, 14 de abril de 2023.–El Subsecretario para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, Miguel González Suela.