III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE IGUALDAD. Convenios. (BOE-A-2023-9805)
Resolución de 14 de abril de 2023, del Instituto de las Mujeres, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Municipios y Provincias, por el que se instrumenta la subvención nominativa establecida en los Presupuestos Generales para 2023 para desarrollar actuaciones en materia de igualdad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Sábado 22 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 56642

recogidas en el mismo. De este modo, la vinculación del Convenio entre el Instituto de
las Mujeres y la FEMP al PEIEMH 2022-2025 queda establecida en dos de sus
principales ejes de intervención, concretamente en el eje 1 y el eje 2. Y en particular, en
la medida 107 de la línea de intervención B.G.3.2.2. Fortalecer el apoyo financiero al
desarrollo de políticas de igualdad locales.
Séptimo.
Que, el Instituto de las Mujeres tiene atribuida como finalidad primordial la promoción
y el fomento de las condiciones que posibiliten la libertad, la igualdad real y efectiva entre
mujeres y hombres y la participación de las mujeres en la vida política, civil laboral,
económica, social y cultural, así como la prevención y eliminación de toda clase de
discriminación por razón de sexo. Para el cumplimiento de estos fines, el Instituto
desarrolla, entre otras funciones, la realización de cuantas actividades favorezcan la
participación de las mujeres en la actividad económica y en el mercado de trabajo, así
como el establecimiento de relaciones con las instituciones de análoga naturaleza y
similares de las Comunidades Autónomas y de la Administración Local, según lo
dispuesto según lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la citada Ley 16/1983, de 24 de
octubre, de creación del Organismo Autónomo Instituto de la Mujer, según redacción
dada al mismo por el apartados tercero y cuarto de la disposición final cuarta de la
Ley 11/2020, de 30 de diciembre.
Octavo.
Que la Federación Española de Municipios y Provincias, inscrita en el Registro de
Asociaciones con el número 51.385 y CIF G-28783991, está capacitada para suscribir
convenios con las Administraciones Públicas, a tenor de lo establecido en la disposición
adicional quinta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Local, según redacción dada a la misma por la Ley 11/1999, de 21 de abril, de
modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, así como por las modificaciones
introducidas por el artículo primero de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de
racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL) y demás medidas
para el desarrollo del Gobierno Local, amparando tal capacidad la realización de
actividades complementarias de las propias Administraciones Públicas y, en particular,
las relativas a promover la igualdad real entre hombres y mujeres, con remoción de los
obstáculos y estereotipos sociales que impidan alcanzarla, y reivindicar el acceso
equilibrado a los recursos para todas las mujeres, independientemente del municipio en
el que residan.

Por cuanto antecede, y para proseguir la importante labor que desde los gobiernos
locales se está realizando en el desarrollo de las políticas de igualdad, dada su cercanía
con la realidad social, que se traduce en un mejor conocimiento de la misma y una
mayor identificación con las necesidades de la ciudadanía, se considera necesario
desplegar una estrategia de actuación que se articulará a través de una convocatoria de
ayudas para apoyar la cooperación local e intermunicipal en igualdad de género, cuyo fin
será fomentar la transversalidad de género en la planificación y desarrollo de las políticas
públicas locales, con especial incidencia en la creación, desarrollo y reforzamiento de
proyectos y medidas de conciliación y corresponsabilidad, que contribuyan a facilitar la
atención y el cuidado de menores, personas mayores y/o dependientes y de colectivos
especialmente vulnerables, así como la puesta en marcha y/o desarrollo de planes y/o
acciones de empleo con perspectiva de género en el ámbito municipal.

cve: BOE-A-2023-9805
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Noveno.