III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-9803)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad Intelectual y Cooperación, por la que se publica el Convenio con la Fundación Industrias Creativas, para la colaboración en el desarrollo del espacio "Conexiones i" en BIME y la internacionalización de la industria musical española en 2023, financiada por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 22 de abril de 2023

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3. Diseñar y ejecutar, conjuntamente con el MCD, las actividades mencionadas en
la cláusula segunda y en el anexo, debiendo tener en cuenta todos los aspectos técnicos
necesarios para la correcta ejecución de las mismas.
4. Diseñar y aportar un programa de actividades detallado que recoja una
descripción de las acciones a realizar, así como una valoración de su impacto,
presupuesto y posible calendario de acciones. Este programa deberá presentarse ante el
MCD y estará sometido a su aprobación.
5. Elaborar y aportar todos los elementos divulgativos y promocionales necesarios
para el adecuado desarrollo de las acciones contempladas en el presente convenio.
6. Incluir la imagen del MCD acompañada del texto «Financiado por la Unión
Europea-NextGenerationEU» en las actuaciones promocionales de conformidad con lo
establecido en la cláusula octava.
7. Apoyar la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden dentro del
presente convenio.
8. Informar al MCD previamente a su realización, mediante la entrega de una ficha
explicativa, de los calendarios de puesta en marcha y ejecución de cada una de las
actuaciones previstas.
9. Elaborar y presentar a la Comisión de Seguimiento la documentación pertinente
para la justificación del cumplimiento de las acciones previstas en el convenio, con fecha
máxima de 8 de septiembre para las acciones en BIME Bogotá y BIME × KEXP en
Seattle, y de 24 de noviembre para BIME Bilbao, que consistirá en una memoria que
comprenda:
a) Una descripción de las acciones realizadas.
b) Una valoración sobre su impacto.
c) Las correspondientes justificaciones sistematizadas del gasto y pago, indicando
la parte aportada por el MCD y el porcentaje de cofinanciación, si la hubiera, por parte de
otros organismos.
d) Cualquier otra información que pueda contribuir a valorar la eficacia de las
acciones emprendidas.
Sexta. Financiación y forma de pago.
1. El MCD participará en las acciones objeto de este convenio con un presupuesto
máximo de ciento sesenta y dos mil euros (162.000 €) para la totalidad del convenio con
cargo a la aplicación presupuestaria 24.50.14XA.471, siendo la cantidad máxima
aportada para BIME Bogotá de 60.000 €, para BIME × KEXP de 20.000 € y para BIME
Bilbao de 82.000 €.
2. La Fundación participará en las acciones objeto de este convenio con un
presupuesto máximo de ciento setenta y tres mil euros (173.000 €), máxima aportada
para BIME Bogotá de 65.000 €, para BIME × KEXP de 26.000 € y para BIME Bilbao
de 82.000 €, en la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio de 2023,
de conformidad con lo indicado en el anexo.
3. La Fundación adelantará los fondos correspondientes a las actividades a realizar
previstas bajo el presente convenio.
4. El MCD realizará el pago de la cantidad estipulada una vez realizadas las
actividades, previa Certificación de la Comisión de Seguimiento acreditativa del
cumplimiento del convenio, de acuerdo con lo especificado en la cláusula quinta.
La certificación a la que se refiere el párrafo anterior deberá expedirse, a más tardar,
el 15 de septiembre de 2023 para BIME Bogotá y BIME × KEXP y el 1 de diciembre
de 2023 para BIME Bilbao.
Si se produjera algún retraso en las actividades previstas en el calendario, se
analizará la situación en la Comisión de seguimiento para acomodar el calendario de
pagos previstos dentro del plazo de duración del convenio. En el caso de que se
produzcan estos retrasos, y, en consecuencia, alguno de los pagos previstos tuviera que

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