V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. (BOE-B-2023-11398)
Resolución de los Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en Lleida, por la que se otorga a la empresa Nedgia Cataluña S. A., la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones de gas natural para la conexión en la planta de biogás de Porgaporcs, en los términos municipales de Vila-sana y El Poal (exp. FUE-2022-02658465 y FUE-2022-02660191).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 20 de abril de 2023

Sec. V-B. Pág. 17946

Territoriales en Lleida del Departamento de Acción Climática, Alimentación y
Agenda Rural formalicen el acta de puesta en servicio de las instalaciones
autorizadas.
3.2 Las instalaciones objeto de esta autorización administrativa se tienen que
ejecutar de acuerdo con las especificaciones y los planos que constan en el
proyecto presentado por la empresa beneficiaria, el cual ha servido de base para la
tramitación del expediente con número exp. FUE-2022-02658465.
3.3 La introducción de modificaciones a las instalaciones autorizadas tendrá
que ser objeto de la autorización administrativa correspondiente.
3.4 El plazo para llevar a cabo la realización de las instalaciones y su puesta
en marcha será de 24 meses a contar de la fecha de otorgamiento de esta
autorización administrativa.
3.5 La construcción y el funcionamiento de estas instalaciones se someten a lo
que establecen el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el cual se aprueba el
Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus
instrucciones técnicas complementarias; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de
diciembre, por el cual se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de
gas natural; la Ley 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial; otros
reglamentos específicos que le sean aplicables, y el resto de las disposiciones de
aplicación general.
3.6 La empresa titular de las instalaciones será la responsable del uso, la
conservación y el mantenimiento de estas, de acuerdo con las condiciones de
seguridad que requiere la normativa vigente.
3.7 Los Servicios Territoriales del Departamento de Acción Climática,
Alimentación y Agenda Rural en Lleida, durante las obras y una vez acabadas,
podrán hacer las comprobaciones y las pruebas que consideren necesarias en
relación con el cumplimiento de las condiciones generales y específicas
establecidas.
Con esta finalidad, el peticionario comunicará en el órgano administrativo
mencionado el inicio de las obras, las fechas de realización de las pruebas y
cualquier incidencia relevante que se produzca.
3.8 Una vez ejecutadas las obras, la empresa suministradora solicitará a los
Servicios Territoriales en Lleida del Departamento de Acción Climática,
Alimentación y Agenda Rural el acta de puesta en servicio de las instalaciones y
adjuntará el certificado final de obra, firmado por el técnico competente, que
acredite que las instalaciones se ajustan al proyecto aprobado y a la normativa
aplicable. Si procede, se adjuntarán las actas de las pruebas efectuadas.
3.9 Los cruces especiales y las otras afectaciones de los bienes de dominio
público se tienen que hacer de acuerdo con las condiciones técnicas impuestas
por los organismos competentes afectados.
3.10 De acuerdo con el que prevé el título 5 de la Ley 34/1998, de 7 de
octubre, del sector de hidrocarburos, modificada por la Ley 12/2007, de 2 de julio
(BOE del 3 de julio); la autorización administrativa de este proyecto comporta, con
el pago de la indemnización que corresponda y de los perjuicios que se deriven de

cve: BOE-B-2023-11398
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Núm. 94