II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Destinos. (BOE-A-2023-9642)
Resolución de 13 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 31 de enero de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
9642

Resolución de 13 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de
31 de enero de 2023.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 80 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, y en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de
la Administración del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción
profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, aprobado
por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
Este Ministerio acuerda hacer pública la resolución total de la convocatoria de libre
designación anunciada por Resolución de 31 de enero de 2023, BOE del día 15 de
febrero de 2023, según anexo adjunto a la presente resolución.
El plazo máximo para la toma de posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres
días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta
cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo empezará a contarse
a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días
hábiles siguientes a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde dicha publicación.
Contra la presente resolución, se podrá interponer con carácter potestativo, recurso
de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su
publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde
su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.

cve: BOE-A-2023-9642
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 13 de abril de 2023.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación,
Ernesto Abati García-Manso.