III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-9698)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Comercio, por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, para el desarrollo de programas de apoyo a la competitividad del comercio minorista 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Jueves 20 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 56018

convenios que la Cámara de España suscribe con las Cámaras de Comercio, las ayudas
lleguen efectivamente a todas las empresas.
En síntesis, la Cámara de España, mediante su gestión del programa y la
coordinación de las Cámaras de Comercio que lo ejecutan en sus respectivos ámbitos
territoriales, no solo contribuye a la plena efectividad de las actuaciones a desarrollar,
sino también a que éstas se lleven a cabo de forma homogénea para todos los
comercios participantes en el programa con el fin de evitar desequilibrios o
desigualdades en la ejecución del mismo.
3.º La Cámara de España ha venido firmando con la Secretaría de Estado de
Comercio convenios anuales desde 2013 para el desarrollo de los Programas de Apoyo
al Comercio Minorista. Dicha colaboración ha puesto de manifiesto la efectividad de la
red cameral para la ejecución de programas de apoyo al comercio minorista, en
colaboración con las asociaciones sectoriales más representativas y de manera
coordinada con las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos. Resulta por tanto
necesario asegurar la continuidad en el tiempo de estos programas, en la medida en que
su desarrollo constante e ininterrumpido ofrece la mejor garantía para consolidar la
competitividad del sector del comercio minorista en el largo plazo.
7. Tras la situación vivida durante la crisis sanitaria, las medidas de prevención
adoptadas y las condiciones que van a regir a partir de ahora las actividades del
comercio minorista, se hace necesario adoptar medidas que mejoren la competitividad
de las empresas de este sector y les permitan adaptarse a la nueva situación y nuevos
hábitos de consumo.
Por cuanto antecede, las partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto del presente convenio es el establecimiento de los términos de la
colaboración entre la Dirección General de Política Comercial, adscrita a la Secretaría de
Estado de Comercio, y la Cámara de España para la ejecución de actuaciones de apoyo
a la competitividad del comercio minorista de España en el marco de los planes
generales de apoyo de la Dirección General de Política Comercial.
La Cámara de España podrá además desarrollar acciones de apoyo al comercio
minorista y colaborar en actividades encomendadas a otras instituciones y organismos
que actúen en apoyo a la competitividad del comercio minorista de España, a través de
las fórmulas que se determinen bajo la coordinación de la Dirección General de Política
Comercial.
La descripción de las acciones objeto de esta colaboración se establece en el anexo
II del presente convenio.
Ámbito de las actividades y ejes prioritarios.

Para el desarrollo de las actividades en todo el territorio nacional, se contará en su
ejecución con la red de cámaras de comercio o, en su caso, con la propia Cámara de
España.
Tienen la consideración de ejes prioritarios en el ámbito de aplicación del presente
convenio los siguientes:
– Adaptación a las nuevas fórmulas comerciales y hábitos de consumo, con objeto
de crear una estrategia omnicanal.

cve: BOE-A-2023-9698
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.