III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-9620)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta de corrección de error material del III Convenio colectivo de la Corporación de Radiotelevisión Española, S.M.E., SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Miércoles 19 de abril de 2023

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Sin embargo, esta materia no fue objeto de negociación en el III Convenio Colectivo,
por lo que debería haberse trascrito literalmente desde el II Convenio Colectivo,
figurando que en el grupo II, en el Ámbito ocupacional «Decorados», se incluyen las
ocupaciones tipo:
– «Construcción, montaje y acabados decorados» que se corresponden con las
categorías del XVII Convenio relacionadas: «Tco. Sup. Construcción y montaje
decorados», «Tco. Sup. Pintura decorados» y Tco. Sup. Modelado».
– «Ambientación decorados» que se corresponde con la categoría del XVII Convenio
relacionada: «Tco. Sup. Ambientación decorados».
– «Efectos especiales» que se corresponde con la categoría del XVII Convenio
relacionada: «Tco. Sup. Efectos especiales».
Grupos profesionales

Ámbito ocupacional

Ocupación tipo

Categorías XVII convenio relacionadas

Tco. Sup. Construcción y montaje decorados.
Construcción, montaje y acabados decorados.
Decorados.

Tco. Sup. Modelado.
Ambientación decorados.

Tco. Sup. Ambientación decorados.

Efectos especiales.

Tco. Sup. Efectos especiales.

Por lo anterior, y una vez expuesto y explicado el error a la Comisión negociadora del
III Convenio Colectivo, esta reconoce el mismo y acuerda por unanimidad la subsanación
en los términos expuestos, adjuntándose a este acta el cuadro de clasificación
profesional corregido en los términos expuestos. Así mismo, se acuerda remitir este acta,
así como el anexo tres corregido, a la autoridad laboral competente solicitando su
registro para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se faculta expresamente
a Ana Isabel Cerrada Escurín a firmar electrónicamente la solicitud de inscripción y
registro del texto, así como para realizar cuantos trámites resulten necesarios a fin de su
registro, depósito y publicación oficial.
No habiéndose tratado otros temas, se cierra la sesión a las 10:20 horas. Y en
prueba de conformidad de cuanto antecede, suscriben la presente acta en el lugar y
fecha al principio indicados un representante de la Dirección y un Representante de cada
una de las Secciones Sindicales con presencia en la comisión negociadora del III
Convenio Colectivo, lo que yo como secretaria certifico.

cve: BOE-A-2023-9620
Verificable en https://www.boe.es

Grupo II.

Tco. Sup. Pintura decorados.