III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2023-9626)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión de la Secretaría de Estado de Turismo a la Secretaría General de Cultura y Deporte, en materia de conservación, mantenimiento y rehabilitación de bienes del patrimonio histórico español.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Miércoles 19 de abril de 2023

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permitan potenciar el turismo cultural en España y la desestacionalización del turismo. La
línea de ayudas que se regula con la misma, incardinada en el Componente 14 del
PRTR, contribuye al cumplimiento del objetivo 228 previsto en la CID de finalización de
un mínimo de 50 actuaciones de rehabilitación del patrimonio histórico en el segundo
trimestre de 2026.
Para llevar a buen término esta medida, desde la Secretaría de Estado de Turismo
se considera imprescindible que, dada la dilatada experiencia y los conocimientos
técnicos en materia de Patrimonio Histórico que atesora la Secretaría General de Cultura
y Deporte, y en concreto, la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, esta
participe en tareas técnicas de asesoramiento a las dudas planteadas por los potenciales
beneficiarios, así como en la comprobación y evaluación de los proyectos que se
presenten a la convocatoria publicada el 9 de enero de 2023, motivo por el que se
considera conveniente suscribir la presente encomienda de gestión en los siguientes
términos:
Primero.
La Secretaria de Estado de Turismo y el Secretario General de Cultura y Deporte, en
el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, acuerdan que la Dirección General de Patrimonio
Cultural y Bellas Artes lleve a cabo, por razones técnicas, la asistencia en la resolución
de dudas técnicas planteadas por los potenciales beneficiarios y en la valoración de las
solicitudes que se presenten al programa de subvenciones en la parte referente al
proyecto de intervención a realizar sobre los bienes del Patrimonio Histórico con uso
turístico.
Segundo.

a) Asistencia para responder a las preguntas técnicas de su competencia material
que planteen los potenciales beneficiarios de las ayudas.
b) Recepción de la documentación que le remitan desde la Secretaría de Estado de
Turismo.
c) Comprobación de que la parte de la solicitud referida a la intervención que se
pretende efectuar sobre el bien perteneciente al Patrimonio Histórico Español cumple
con los requisitos técnicos definidos en las convocatorias.
d) Valoración de los proyectos de intervención, según los criterios de evaluación
relacionados con el bien cultural y con el proyecto de rehabilitación y mejora del uso, que
se recogen en las correspondientes Ordenes de Bases y Convocatorias.
e) Emisión de un informe motivado de la puntuación concedida a cada proyecto
examinado, para su incorporación al expediente administrativo.
f) La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes prestará la asistencia
de cinco técnicos especializados en conservación del Patrimonio Histórico para su
participación en la evaluación y comprobación de los requisitos técnicos establecidos en
la convocatoria. Además, designará a dos de ellos como miembros de la Comisión de
Valoración que se constituirá, junto con otros integrantes pertenecientes a la Secretaría
de Estado de Turismo, de Turespaña y de la Subsecretaría de Industria, Comercio y
Turismo.
Tercero.
La presente encomienda no genera gastos ni a la entidad encomendada ni a la
encomendante por desarrollarse con personal propio de cada entidad.

cve: BOE-A-2023-9626
Verificable en https://www.boe.es

La asistencia técnica que se encomienda se concretará en las siguientes actividades
con el alcance que en cada caso se señala: