III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-9629)
Real Decreto 309/2023, de 18 de abril, por el que se amplía la declaración de bien de interés cultural, con categoría de monumento, del edificio de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España, en Madrid.
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Miércoles 19 de abril de 2023
Artículo 4.

Sec. III. Pág. 55776

Delimitación del bien resultante de la ampliación.

El Real Decreto 334/1998, de 27 de febrero, por el que se declara bien de interés
cultural, con categoría de monumento, el edificio de la Real Academia de Jurisprudencia
y Legislación, en Madrid, delimitó, en su artículo 2, el inmueble situado en el número 13,
dejando fuera el edificio de calle Marqués de Cubas, número 15.
Los inmuebles que componen esta ampliación se corresponden con las fincas con
referencias catastrales 1144401VK4714E0001UZ y 1144409VK4714E0001PZ. La
superficie de ambas parcelas es de 1.179 m2, en la que se levanta el inmueble de tres
plantas con una superficie total construida de 4.047 m2.
La delimitación resultante de los elementos del bien de interés cultural que se
considera necesario proteger están constituidos por los inmuebles con número de
gobierno 13 y 15 de la calle Marqués de Cubas del municipio de Madrid, afectando a la
totalidad de estas cuya delimitación viene definida por las siguientes coordenadas U.T.M.
Huso: 30 ETRS89:
Coordenada Y

440994.17

4474341.14

440994.03

4474341.37

440993.62

4474341.43

440993.16

4474341.23

440992.89

4474340.98

440996.73

4474314.46

440996.83

4474313.78

440996.95

4474312.24

440996.48

4474311.11

440995.77

4474310.40

440994.74

4474310.05

440999.73

4474272.02

441018.18

4474272.60

441009.59

4474337.91

440994.17

4474341.14

Bienes muebles incorporados al monumento.

Conforme a lo establecido en el artículo 27 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del
Patrimonio Histórico Español, integran esta ampliación, además de la parte del edificio
histórico a la que se hace referencia en el artículo anterior, los bienes muebles de
carácter histórico-artístico asociados a la Real Academia de Jurisprudencia y
Legislación, así como su biblioteca y archivo, cuyo control y supervisión queda
encomendada a la propia institución según los preceptos establecidos por la mencionada
ley para estos bienes.
Artículo 6. Descripción complementaria.
La descripción complementaria del monumento a que se refiere el presente real
decreto, así como la zona afectada por la declaración, son las que constan en los planos
y demás documentación que obran en el expediente.

cve: BOE-A-2023-9629
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 5.

Coordenada X