I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2023-9552)
Anexo n.º N-21-SP-4700 correspondiente al Acuerdo Marco sobre intercambio de información para el desarrollo mutuo de sistemas de armas entre el Gobierno de España y el Gobierno de los Estados Unidos de América: Sistemas navales tácticos de mando, control, comunicaciones y ordenadores (C4) y sistemas de apoyo o interfaz, hecho en Madrid y Washington el 14 de junio y 30 de agosto de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Miércoles 19 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 55421

(r) Aplicación de principios de la Net Centric Warfare a las arquitecturas y los
conceptos de diseño.
(s) Conceptos de diseño y desarrollo de la Network Enabled Capabilities.
(8) Aplicación de sistemas basados en conocimiento a:
(a)
(b)
(c)
(d)

Los elementos enumerados en el párrafo l.a.(7).
Criterios de selección para sistemas expertos Shell.
Técnicas para incorporar la funcionalidad de tiempo real a sistemas expertos.
Estrategias de resolución de conflictos y ambigüedades.

(9) Iniciativas emergentes en I+D de comunicaciones:
(a) Enrutamiento basado en reglas y gestión integrada de redes.
(b) Pruebas y análisis de redes y comunicaciones.
(c) Modelado de redes y comunicaciones.
(d) Radio táctica programable por software.
(e) Redes inalámbricas.
(f) Efectos de las políticas de seguridad en iniciativas de I+D en materia de
comunicaciones.
(10)

Estudios y formulaciones conceptuales que conduzcan a:

(a) Cambios en requisitos operativos.
(b) Respuestas del proceso de investigación, desarrollo, pruebas y evaluación.
(11)

Enlaces tácticos digitales en apoyo de sistemas navales de C4 y de apoyo:

(a) Enlaces de datos funcionales/múltiples.
(b) Velocidades de transmisión de datos.
(c) Conceptos de diseño de la estructura de los mensajes.
(d) Efecto de los conceptos del diseño de nuevos enlaces de datos tácticos o
revisados en aplicaciones tácticas.
(e) Técnicas y equipos para retransmisión y almacenamiento.
(f) Medidas de seguridad en enlaces de datos tácticos y técnicas inherentes al
diseño de los enlaces de datos tácticos.
(g) Interconexión y coordinación de información en sistemas conjuntos.
(h) Proyectos de almacenamiento, ensayos e implementación de enlaces de datos
tácticos navales/conjuntos.

b. Clasificación máxima de seguridad de la información intercambiada:
RESERVADO.
c. Información sobre la producción: No se divulgará información sobre la producción
en virtud de este Anexo. La información sobre la producción se define como «diseños,
dibujos, ecuaciones químicas o matemáticas, especificaciones, modelos, técnicas de
fabricación, código fuente del software e información afín (excluida la información sobre
investigación y desarrollo aplicado) necesarios para fabricar o mejorar sustancialmente el
material militar y las municiones». Además, la información sobre la producción incluye
todos los conjuntos de datos técnicos y de fabricación que puedan ser utilizados
directamente en la fabricación de los productos finales, componentes, o modificaciones,
o que sean directamente aplicables a la ejecución de un proceso.
d. El destinatario de la información intercambiada bajo este Anexo la utilizará
únicamente con fines de información y de evaluación.

cve: BOE-A-2023-9552
Verificable en https://www.boe.es

(12) Sistemas de ayuda a la decisión del mando embarcado.
(13) Futuras mejoras.