II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-9502)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plaza de personal laboral con la categoría de Titulado Superior de Prensa, Grupo I.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Martes 18 de abril de 2023
3.
Sec. II.B. Pág. 55019
Formación (hasta un máximo de 8,75 puntos).
a) Por tener una titulación académica oficial distinta y de igual o superior nivel
académico a la exigida para acceder al grupo al que se aspira, hasta un máximo de 3
puntos, en la forma siguiente:
i. Graduado, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 3 puntos.
ii. Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o título
equivalente: 2 puntos.
iii. Bachiller, Técnico o equivalente: 1 punto.
En el caso de contar con más de una titulación académica oficial que cumpla con los
requisitos de este punto, sólo se valorará una de ellas.
b) Cursos (hasta un máximo de 5,75 puntos):
i. Por cursos recibidos contemplados como específicos del área de la plaza
convocada en el Plan de Formación del PAS de la UCO vigente a la fecha de terminación
de presentación de solicitudes y en aquellos aprobados en los cinco años anteriores:
0,760 puntos por cada curso realizado de hasta quince horas de duración, 1,150 puntos
por cada curso realizado de entre dieciséis y treinta horas de duración, y 2 puntos por
cada curso realizado de más de treinta horas de duración.
ii. Por cursos recibidos específicos del área y directamente relacionados con las
funciones del área a la que se aspira, no computados en el apartado anterior: 0,200
puntos por cada curso realizado de hasta quince horas de duración, 0,300 puntos por
cada curso realizado de entre dieciséis y treinta horas de duración, y 0,500 puntos por
cada curso realizado de más de treinta horas de duración.
Se valorarán los cursos cuyos contenidos estén directamente relacionados con el
área de la plaza a la que se opta, y, en todo caso, los cursos de Calidad Universitaria,
Tecnologías de la Información y la Comunicación, Prevención de Riesgos Laborales,
Idiomas e Igualdad.
Se valorarán los cursos organizados, impartidos u homologados por la Universidad
de Córdoba, INAP, Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación
Continua o por Asociaciones sin ánimo de lucro cuya actividad principal sea la formación.
ANEXO II
Temario
1. La Constitución Española de 1978: el reconocimiento constitucional de la
autonomía universitaria.
2. La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario: Título I:
Funciones del sistema universitario y autonomía de las universidades. Título II: Creación
y reconocimiento de las universidades y calidad del sistema universitario.
3. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores: sección 2.ª Derechos y deberes
laborales básicos, del capítulo I del título I. Sección 2.ª Derechos y deberes derivados del
contrato, del capítulo II del título I. Título II. De los derechos de representación colectiva y
de reunión de los trabajadores en la empresa.
4. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: título III. Derechos y
deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Título VII. Régimen
disciplinario.
5. Estatutos de la Universidad de Córdoba: Naturaleza, fines y competencias. De la
comunidad universitaria. Funciones de la Universidad. Estructura de la Universidad.
cve: BOE-A-2023-9502
Verificable en https://www.boe.es
Temario común
Núm. 92
Martes 18 de abril de 2023
3.
Sec. II.B. Pág. 55019
Formación (hasta un máximo de 8,75 puntos).
a) Por tener una titulación académica oficial distinta y de igual o superior nivel
académico a la exigida para acceder al grupo al que se aspira, hasta un máximo de 3
puntos, en la forma siguiente:
i. Graduado, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente: 3 puntos.
ii. Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o título
equivalente: 2 puntos.
iii. Bachiller, Técnico o equivalente: 1 punto.
En el caso de contar con más de una titulación académica oficial que cumpla con los
requisitos de este punto, sólo se valorará una de ellas.
b) Cursos (hasta un máximo de 5,75 puntos):
i. Por cursos recibidos contemplados como específicos del área de la plaza
convocada en el Plan de Formación del PAS de la UCO vigente a la fecha de terminación
de presentación de solicitudes y en aquellos aprobados en los cinco años anteriores:
0,760 puntos por cada curso realizado de hasta quince horas de duración, 1,150 puntos
por cada curso realizado de entre dieciséis y treinta horas de duración, y 2 puntos por
cada curso realizado de más de treinta horas de duración.
ii. Por cursos recibidos específicos del área y directamente relacionados con las
funciones del área a la que se aspira, no computados en el apartado anterior: 0,200
puntos por cada curso realizado de hasta quince horas de duración, 0,300 puntos por
cada curso realizado de entre dieciséis y treinta horas de duración, y 0,500 puntos por
cada curso realizado de más de treinta horas de duración.
Se valorarán los cursos cuyos contenidos estén directamente relacionados con el
área de la plaza a la que se opta, y, en todo caso, los cursos de Calidad Universitaria,
Tecnologías de la Información y la Comunicación, Prevención de Riesgos Laborales,
Idiomas e Igualdad.
Se valorarán los cursos organizados, impartidos u homologados por la Universidad
de Córdoba, INAP, Organizaciones Sindicales en el marco del Acuerdo de Formación
Continua o por Asociaciones sin ánimo de lucro cuya actividad principal sea la formación.
ANEXO II
Temario
1. La Constitución Española de 1978: el reconocimiento constitucional de la
autonomía universitaria.
2. La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario: Título I:
Funciones del sistema universitario y autonomía de las universidades. Título II: Creación
y reconocimiento de las universidades y calidad del sistema universitario.
3. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores: sección 2.ª Derechos y deberes
laborales básicos, del capítulo I del título I. Sección 2.ª Derechos y deberes derivados del
contrato, del capítulo II del título I. Título II. De los derechos de representación colectiva y
de reunión de los trabajadores en la empresa.
4. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: título III. Derechos y
deberes. Código de conducta de los empleados públicos. Título VII. Régimen
disciplinario.
5. Estatutos de la Universidad de Córdoba: Naturaleza, fines y competencias. De la
comunidad universitaria. Funciones de la Universidad. Estructura de la Universidad.
cve: BOE-A-2023-9502
Verificable en https://www.boe.es
Temario común