III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2023-9532)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio en materia de gestión electoral con la Comunidad Autónoma de Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Martes 18 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 55290
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos; como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
A estos efectos, las partes tendrán la consideración de responsables de los
tratamientos propios en los que se incorporen datos de carácter personal respectivamente
recabados para la ejecución del presente convenio. El acceso a los datos por una de las
partes al tratamiento de la otra parte, se realizará con la condición de encargado
de tratamiento, única y exclusivamente con la finalidad derivada de la realización de las
actividades objeto del convenio. Los datos de carácter personal no serán cedidos ni
comunicados a terceros, salvo cuando se cedan a encargados de tratamiento legitimados
o cuando se cedan a otras Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
3. En relación con los datos personales necesarios para el cumplimiento del objeto
del presente convenio, actuarán como responsables del tratamiento el Ministerio del
Interior y la Comunidad Autónoma.
4. Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas
necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y
eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
5. Las partes firmantes del convenio quedan exoneradas de cualquier responsabilidad
que se pudiera generar por incumplimiento de las obligaciones anteriores efectuada por
cualquiera otra parte. En caso de quebrantamiento de las obligaciones asumidas, la
entidad que las hubiera quebrantado responderá de las infracciones en que hubiera
incurrido.
cve: BOE-A-2023-9532
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente documento.–El Ministro del Interior,
Fernando Grande-Marlaska Gómez.–La Consejera de Presidencia, Función Pública e
Igualdad, Mercedes Garrido Rodríguez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 92
Martes 18 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 55290
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos; como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
A estos efectos, las partes tendrán la consideración de responsables de los
tratamientos propios en los que se incorporen datos de carácter personal respectivamente
recabados para la ejecución del presente convenio. El acceso a los datos por una de las
partes al tratamiento de la otra parte, se realizará con la condición de encargado
de tratamiento, única y exclusivamente con la finalidad derivada de la realización de las
actividades objeto del convenio. Los datos de carácter personal no serán cedidos ni
comunicados a terceros, salvo cuando se cedan a encargados de tratamiento legitimados
o cuando se cedan a otras Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
3. En relación con los datos personales necesarios para el cumplimiento del objeto
del presente convenio, actuarán como responsables del tratamiento el Ministerio del
Interior y la Comunidad Autónoma.
4. Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas
necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y
eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
5. Las partes firmantes del convenio quedan exoneradas de cualquier responsabilidad
que se pudiera generar por incumplimiento de las obligaciones anteriores efectuada por
cualquiera otra parte. En caso de quebrantamiento de las obligaciones asumidas, la
entidad que las hubiera quebrantado responderá de las infracciones en que hubiera
incurrido.
cve: BOE-A-2023-9532
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente documento.–El Ministro del Interior,
Fernando Grande-Marlaska Gómez.–La Consejera de Presidencia, Función Pública e
Igualdad, Mercedes Garrido Rodríguez.
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