III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-9261)
Resolución 420/38147/2023, de 7 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Asociación Hippocampus, para la limpieza de los fondos costeros y su columna de agua en zonas de mar próximas a las playas de las bases aéreas que disponen de estas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Sábado 15 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53635
Segundo.
Que por parte del Ministerio de Defensa (MINISDEF), a través del Ejército del Aire y
del Espacio, se considera que es necesario proteger la calidad de las aguas costeras
adyacentes a zonas en las que se sitúan determinadas instalaciones militares propias,
estimando que se podría contar con la experiencia y colaboración de la Asociación
Hippocampus para la limpieza de dichas aguas costeras bajo su responsabilidad.
Tercero.
Que la Asociación Hippocampus tiene como objetivo principal la protección del
caballito de mar en aguas nacionales y, consecuencia de ello, realiza labores de limpieza
en las aguas costeras contribuyendo a la reducción de basura y elementos tóxicos, como
el plomo proveniente de la pesca deportiva con lance y basura asociada.
Cuarto.
Que a los efectos de lograr dicho objetivo, las partes firmantes de este convenio
colaborarán para propiciar, en la medida de lo posible, el desarrollo de las actuaciones
que se describen más adelante.
Quinto.
Que el MINISDEF tiene interés en buscar una fórmula factible para facilitar a la
Asociación Hippocampus el acceso a instalaciones militares, previa coordinación de
fechas, con objeto de completar las actividades necesarias para la limpieza de sus zonas
costeras de una manera conjunta con personal del Ejército del Aire y del Espacio, así
como actividades de concienciación del personal militar y civil, siempre que las
actividades que se desarrollen en dichas instalaciones así lo permitan.
Ambas partes manifiestan igualmente su intención de explorar otras posibilidades de
colaboración, independientes de las anteriores, para promover la mejora de la calidad del
medio marino y su protección en aquellas zonas costeras donde se ubican instalaciones
militares del MINISDEF.
Sexto.
Que ambas partes coinciden en que esta relación contribuye de manera sustancial a
la mejora de la calidad de las aguas, biodiversidad y ecosistemas marinos de las zonas
costeras adyacentes a las instalaciones del MINISDEF que se encuentran próximas
al mar.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
El objeto de este convenio es establecer el marco de colaboración entre el Ministerio
de Defensa (MINISDEF), a través del Ejército del Aire y del Espacio, y la Asociación
Hippocampus, para la limpieza de las zonas costeras de aquellas instalaciones del
MINISDEF que se encuentran adyacentes al mar, siempre que así se considere por parte
de estas en función de estudios o evaluaciones previas, eliminando la basura marina y
elementos de plomo así como otros materiales de desecho provenientes del sector
pesquero marítimo, tanto profesional como deportivo, que se hallan en éste, con el fin de
ser gestionados adecuadamente por empresas autorizadas.
cve: BOE-A-2023-9261
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto.
Núm. 90
Sábado 15 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53635
Segundo.
Que por parte del Ministerio de Defensa (MINISDEF), a través del Ejército del Aire y
del Espacio, se considera que es necesario proteger la calidad de las aguas costeras
adyacentes a zonas en las que se sitúan determinadas instalaciones militares propias,
estimando que se podría contar con la experiencia y colaboración de la Asociación
Hippocampus para la limpieza de dichas aguas costeras bajo su responsabilidad.
Tercero.
Que la Asociación Hippocampus tiene como objetivo principal la protección del
caballito de mar en aguas nacionales y, consecuencia de ello, realiza labores de limpieza
en las aguas costeras contribuyendo a la reducción de basura y elementos tóxicos, como
el plomo proveniente de la pesca deportiva con lance y basura asociada.
Cuarto.
Que a los efectos de lograr dicho objetivo, las partes firmantes de este convenio
colaborarán para propiciar, en la medida de lo posible, el desarrollo de las actuaciones
que se describen más adelante.
Quinto.
Que el MINISDEF tiene interés en buscar una fórmula factible para facilitar a la
Asociación Hippocampus el acceso a instalaciones militares, previa coordinación de
fechas, con objeto de completar las actividades necesarias para la limpieza de sus zonas
costeras de una manera conjunta con personal del Ejército del Aire y del Espacio, así
como actividades de concienciación del personal militar y civil, siempre que las
actividades que se desarrollen en dichas instalaciones así lo permitan.
Ambas partes manifiestan igualmente su intención de explorar otras posibilidades de
colaboración, independientes de las anteriores, para promover la mejora de la calidad del
medio marino y su protección en aquellas zonas costeras donde se ubican instalaciones
militares del MINISDEF.
Sexto.
Que ambas partes coinciden en que esta relación contribuye de manera sustancial a
la mejora de la calidad de las aguas, biodiversidad y ecosistemas marinos de las zonas
costeras adyacentes a las instalaciones del MINISDEF que se encuentran próximas
al mar.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
El objeto de este convenio es establecer el marco de colaboración entre el Ministerio
de Defensa (MINISDEF), a través del Ejército del Aire y del Espacio, y la Asociación
Hippocampus, para la limpieza de las zonas costeras de aquellas instalaciones del
MINISDEF que se encuentran adyacentes al mar, siempre que así se considere por parte
de estas en función de estudios o evaluaciones previas, eliminando la basura marina y
elementos de plomo así como otros materiales de desecho provenientes del sector
pesquero marítimo, tanto profesional como deportivo, que se hallan en éste, con el fin de
ser gestionados adecuadamente por empresas autorizadas.
cve: BOE-A-2023-9261
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto.