III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2023-9286)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General de Salud Pública y la Sociedad Española de Enfermedades Infecciosas y Microbiología Clínica, para el desarrollo de actividades en el marco del abordaje de las infecciones de transmisión sexual.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 15 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53854
mejorar la formación dirigida a profesionales de diferentes áreas y especialidades en
aspectos de la prevención, diagnóstico y tratamiento de las ITS. Es el deseo de estas
instituciones comenzar la realización de actividades conjuntas de cooperación y
desarrollo de programas específicos en las áreas que se determinen de mutuo acuerdo
destinadas al cumplimiento de las líneas estratégicas recogidas en el Plan Estratégico de
Prevención y Control de la Infección por el VIH y las Infecciones de Transmisión Sexual
(ITS) 2021-2030, alineadas con la estrategia de la OMS para la eliminación de las ITS
como problema de salud pública para el año 2030.
Que tal y como viene recogido en el artículo 48.1, de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de régimen jurídico del sector público, la firma del presente convenio no supone
la cesión de la titularidad de la competencia.
Por todo ello, el Ministerio de Sanidad y SEIMC acuerdan suscribir el presente
convenio, que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El Ministerio de Sanidad y SEIMC suscriben el presente convenio para la
consecución de fines comunes y la realización de actividades, acciones e informes que
redunden en beneficio mutuo y en el logro de sus respectivos objetivos, en referencia a
la eliminación de las ITS como problema de salud pública para el año 2030.
Las colaboraciones concretas que se lleven a cabo al amparo del presente convenio
incluyen:
1. Impulsar la estrategia de la OMS de acabar con las ITS como problema de salud
pública y la consecución de sus metas para 2030.
2. Desarrollar acciones para favorecer la prevención de las ITS en la población
general y en las poblaciones claves mediante la información y la educación sanitaria.
3. Impulsar la mejora de la prevención secundaria en la población general y en las
poblaciones claves fomentando la incorporación de las nuevas tecnologías como las
tecnologías de la comunicación e información, en adelante (TCIS) y la innovación
diagnóstica, como el autodiagnóstico y la auto-toma de muestras.
4. Optimizar la integración de las respuestas frente a las ITS y el VIH y las hepatitis
virales, siguiendo las estrategias mundiales –y en concreto las estrategias de la región
europea de la OMS– del sector de la salud contra el VIH, las hepatitis víricas y las
infecciones de transmisión sexual para el periodo 2022-2030
5. Elaborar guías y documentos técnicos alineados con las recomendaciones
internacionales de la OMS y el ECDC, basadas en la mejor evidencia científica
disponible, y adaptadas a nuestro contexto.
6. Contribuir a la mejora de la vigilancia epidemiológica de las ITS, con particular
interés en la resistencia al gonococo, en colaboración con todas las entidades con
competencias para la misma.
7. Fomentar y participar en la docencia de calidad en el campo de las ITS en los
diferentes ámbitos socio-sanitarios.
8. Favorecer y apoyar la investigación de los estudios de contactos de las ITS.
9. Facilitar y coordinar la relación entre las diferentes sociedades científicas, las
ONG y las administraciones sanitarias de ámbito estatal, autonómico y municipal,
favoreciendo el trabajo multidisciplinar.
cve: BOE-A-2023-9286
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 90
Sábado 15 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 53854
mejorar la formación dirigida a profesionales de diferentes áreas y especialidades en
aspectos de la prevención, diagnóstico y tratamiento de las ITS. Es el deseo de estas
instituciones comenzar la realización de actividades conjuntas de cooperación y
desarrollo de programas específicos en las áreas que se determinen de mutuo acuerdo
destinadas al cumplimiento de las líneas estratégicas recogidas en el Plan Estratégico de
Prevención y Control de la Infección por el VIH y las Infecciones de Transmisión Sexual
(ITS) 2021-2030, alineadas con la estrategia de la OMS para la eliminación de las ITS
como problema de salud pública para el año 2030.
Que tal y como viene recogido en el artículo 48.1, de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de régimen jurídico del sector público, la firma del presente convenio no supone
la cesión de la titularidad de la competencia.
Por todo ello, el Ministerio de Sanidad y SEIMC acuerdan suscribir el presente
convenio, que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El Ministerio de Sanidad y SEIMC suscriben el presente convenio para la
consecución de fines comunes y la realización de actividades, acciones e informes que
redunden en beneficio mutuo y en el logro de sus respectivos objetivos, en referencia a
la eliminación de las ITS como problema de salud pública para el año 2030.
Las colaboraciones concretas que se lleven a cabo al amparo del presente convenio
incluyen:
1. Impulsar la estrategia de la OMS de acabar con las ITS como problema de salud
pública y la consecución de sus metas para 2030.
2. Desarrollar acciones para favorecer la prevención de las ITS en la población
general y en las poblaciones claves mediante la información y la educación sanitaria.
3. Impulsar la mejora de la prevención secundaria en la población general y en las
poblaciones claves fomentando la incorporación de las nuevas tecnologías como las
tecnologías de la comunicación e información, en adelante (TCIS) y la innovación
diagnóstica, como el autodiagnóstico y la auto-toma de muestras.
4. Optimizar la integración de las respuestas frente a las ITS y el VIH y las hepatitis
virales, siguiendo las estrategias mundiales –y en concreto las estrategias de la región
europea de la OMS– del sector de la salud contra el VIH, las hepatitis víricas y las
infecciones de transmisión sexual para el periodo 2022-2030
5. Elaborar guías y documentos técnicos alineados con las recomendaciones
internacionales de la OMS y el ECDC, basadas en la mejor evidencia científica
disponible, y adaptadas a nuestro contexto.
6. Contribuir a la mejora de la vigilancia epidemiológica de las ITS, con particular
interés en la resistencia al gonococo, en colaboración con todas las entidades con
competencias para la misma.
7. Fomentar y participar en la docencia de calidad en el campo de las ITS en los
diferentes ámbitos socio-sanitarios.
8. Favorecer y apoyar la investigación de los estudios de contactos de las ITS.
9. Facilitar y coordinar la relación entre las diferentes sociedades científicas, las
ONG y las administraciones sanitarias de ámbito estatal, autonómico y municipal,
favoreciendo el trabajo multidisciplinar.
cve: BOE-A-2023-9286
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 90