III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2023-9194)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 14 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 53268

CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la subvención y beneficiarios.
El objeto de la subvención derivada del Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre,
por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación
de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por el que se modifican
diversos reales decretos en materia turística, que se instrumenta mediante el Convenio,
será la realización por la Comunidad Autónoma de Canarias, beneficiaria de la
subvención, los proyectos detallados en el Anexo del Convenio.
Con este principal objetivo, como señala la inversión 3 del componente 14, se responde a los
retos específicos a los que se enfrenta el sector turístico en esos territorios. Las medidas
mejorarán la competitividad y la capacidad de los territorios mencionados para adaptarse a la
evolución de los mercados internacionales y se orientarán a:
1. Las infraestructuras públicas, con especial atención a la mejora del atractivo de los
espacios públicos para promover el turismo, la gestión medioambiental y el tratamiento de
residuos, así como a la recualificación de infraestructura turística obsoleta;
2. El refuerzo de los servicios públicos en zonas de especial influencia turística, en
particular, los servicios administrativos, de seguridad y sanitarios;
3. La formación, haciendo especial hincapié en la formación juvenil vinculada al
sector turístico;
4. El desarrollo de productos turísticos alternativos y la modernización de la oferta turística;
5. La creación de incentivos para facilitar la conectividad con esos territorios y para
que las empresas turísticas operen fuera de la temporada alta;
6. La promoción de los territorios extrapeninsulares nacionales como destinos
turísticos de interés histórico-cultural;
7. Las promociones estratégicas adaptadas a las distintas estaciones del año, con
especial énfasis en las estrategias de comercialización en línea, la accesibilidad
lingüística, la capacidad proactiva en herramientas multimedia y la gestión de las
relaciones con los clientes institucionales.
En el caso de la Comunidad Autónoma de Canarias, se prevén actuaciones en, entre
otros, los siguientes campos, que se desarrollarán en las estrategias de resiliencia:
a) Actuaciones regionales de recualificación de infraestructura turística obsoleta.
b) Inversión en infraestructura pública, con especial incidencia en la mejora del
atractivo de los espacios públicos, la promoción de la movilidad sostenible la gestión
medioambiental de playas y su puesta en valor con equipamientos, la dotación de
senderos homologados y el tratamiento de residuos.
c) Refuerzo de los servicios públicos en zonas de especial afluencia turística:
servicios administrativos, seguridad y sanitarios.
d) Formación juvenil específica en el ámbito del turismo.
e) Desarrollo del producto turístico alternativo al sol y playa, como el turismo de
compras o el de naturaleza.
f) Promoción estratégica desestacionalizada, con especial incidencia en estrategias
de marketing online, accesibilidad idiomática, capacidad proactiva en instrumentos
multimedia, SEO, CRM institucional, etc.
g) Incentivos dirigidos a empresas de transporte para facilitar la conectividad con la
península.
Tiene asimismo como objeto contribuir al cumplimiento del objetivo CID 224 de la
Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021 por el que al menos 400
agentes económicos y sociales deberán haberse beneficiado de las inversiones en las
regiones extrapeninsulares antes de junio de 2025.

cve: BOE-A-2023-9194
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Núm. 89