III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-9147)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Poder Judicial, la Comunidad de Madrid y la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88
Jueves 13 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 52949
matriculado en la asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales de grado o
máster que imparte la Universidad Rey Juan Carlos y siempre de titulaciones
relacionadas con profesiones de la Administración de Justicia, en los juzgados y
tribunales de la Comunidad de Madrid.
Por un lado, la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de
Madrid se compromete a permitir la realización de las prácticas externas objeto del
presente convenio, así como a facilitar el acceso del alumnado a las sedes de los
juzgados y tribunales.
Por otro lado, la Universidad Rey Juan Carlos se compromete a que la persona o
personas que ejerza/n la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda disfrutar de
los siguientes derechos, en el marco de la normativa propia de la Universidad Rey Juan
Carlos que sea de aplicación:
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad Rey Juan Carlos que certifique su actividad como tutor/a de
estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la Universidad en lo
concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de
Justicia y la Comunidad de Madrid estará siempre supeditada a las necesidades y
disponibilidad del juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas externas, por lo que
surgida tal necesidad o falta de disponibilidad, en su caso, el convenio quedará
suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en su caso extinguido sin que sea
preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte de
la Universidad Rey Juan Carlos o concesión de indemnización o compensación a su
favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial
mediante la cesión de aulas, con ocasión de la celebración de pruebas correspondientes
a los procesos selectivos para el ingreso o acceso de personal funcionario al servicio de
la Administración de Justicia y de acceso a las carreras judicial y fiscal.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que
realizarán las prácticas en los juzgados y tribunales.
Condiciones y requisitos generales de las prácticas.
1. Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Cada alumno/a deberá suscribir al inicio de las prácticas el documento que se
adjunta como anexo I al presente convenio.
2. Se establecen dos modalidades de prácticas externas que pueden ser
concurrentes:
a) Prácticas curriculares: Son las prácticas que tienen su origen en los diversos
planes de estudios, que son obligatorias para obtener la titulación requerida.
b) Prácticas extracurriculares: Son aquellas que los estudiantes realizan con
carácter voluntario, durante su período de formación y que, aun teniendo los mismos
fines, no están incluidas en los planes de estudios sin perjuicio de su mención posterior
en el Suplemento Europeo al Título.
cve: BOE-A-2023-9147
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 88
Jueves 13 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 52949
matriculado en la asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales de grado o
máster que imparte la Universidad Rey Juan Carlos y siempre de titulaciones
relacionadas con profesiones de la Administración de Justicia, en los juzgados y
tribunales de la Comunidad de Madrid.
Por un lado, la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de
Madrid se compromete a permitir la realización de las prácticas externas objeto del
presente convenio, así como a facilitar el acceso del alumnado a las sedes de los
juzgados y tribunales.
Por otro lado, la Universidad Rey Juan Carlos se compromete a que la persona o
personas que ejerza/n la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda disfrutar de
los siguientes derechos, en el marco de la normativa propia de la Universidad Rey Juan
Carlos que sea de aplicación:
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad Rey Juan Carlos que certifique su actividad como tutor/a de
estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la Universidad en lo
concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de
Justicia y la Comunidad de Madrid estará siempre supeditada a las necesidades y
disponibilidad del juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas externas, por lo que
surgida tal necesidad o falta de disponibilidad, en su caso, el convenio quedará
suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en su caso extinguido sin que sea
preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte de
la Universidad Rey Juan Carlos o concesión de indemnización o compensación a su
favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial
mediante la cesión de aulas, con ocasión de la celebración de pruebas correspondientes
a los procesos selectivos para el ingreso o acceso de personal funcionario al servicio de
la Administración de Justicia y de acceso a las carreras judicial y fiscal.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que
realizarán las prácticas en los juzgados y tribunales.
Condiciones y requisitos generales de las prácticas.
1. Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Cada alumno/a deberá suscribir al inicio de las prácticas el documento que se
adjunta como anexo I al presente convenio.
2. Se establecen dos modalidades de prácticas externas que pueden ser
concurrentes:
a) Prácticas curriculares: Son las prácticas que tienen su origen en los diversos
planes de estudios, que son obligatorias para obtener la titulación requerida.
b) Prácticas extracurriculares: Son aquellas que los estudiantes realizan con
carácter voluntario, durante su período de formación y que, aun teniendo los mismos
fines, no están incluidas en los planes de estudios sin perjuicio de su mención posterior
en el Suplemento Europeo al Título.
cve: BOE-A-2023-9147
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.