V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2023-10549)
Extracto de la Orden de 30 de marzo de 2023 del Ministerio de Cultura y Deporte, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la traducción a lenguas extranjeras correspondientes al año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Miércoles 12 de abril de 2023
Sec. V-B. Pág. 16586
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Veinticinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación
del extracto de la convocatoria en el BOE, disponiendo las entidades del mismo
plazo para solicitar la clave concertada por vía electrónica.
Sexto. Otros datos
Se considerara gasto subvencionable exclusivamente el pago al traductor por
su labor de traducción.
Esta subvención es compatible con otras ayudas a la traducción de otros
organismos o instituciones, públicos o privados, nacionales o extranjeros, siempre
y cuando el importe de dicha aportación sea de tal cuantía que, aisladamente o en
concurrencia con otras subvenciones, no se supere el 100% del coste de la
traducción subvencionada.
Madrid, 30 de marzo de 2023.- El Ministro de Cultura y Deporte. P.D. apartado
quinto de la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre
La Directora General del Libro y Fomento de la Lectura. María José Gálvez
Salvador.
cve: BOE-B-2023-10549
Verificable en https://www.boe.es
ID: A230012730-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 87
Miércoles 12 de abril de 2023
Sec. V-B. Pág. 16586
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Veinticinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación
del extracto de la convocatoria en el BOE, disponiendo las entidades del mismo
plazo para solicitar la clave concertada por vía electrónica.
Sexto. Otros datos
Se considerara gasto subvencionable exclusivamente el pago al traductor por
su labor de traducción.
Esta subvención es compatible con otras ayudas a la traducción de otros
organismos o instituciones, públicos o privados, nacionales o extranjeros, siempre
y cuando el importe de dicha aportación sea de tal cuantía que, aisladamente o en
concurrencia con otras subvenciones, no se supere el 100% del coste de la
traducción subvencionada.
Madrid, 30 de marzo de 2023.- El Ministro de Cultura y Deporte. P.D. apartado
quinto de la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre
La Directora General del Libro y Fomento de la Lectura. María José Gálvez
Salvador.
cve: BOE-B-2023-10549
Verificable en https://www.boe.es
ID: A230012730-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X