III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-9014)
Resolución 420/38142/2023, de 30 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Camilo José Cela, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Martes 11 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 52008

consistirán en el ejercicio de funciones públicas reservadas por ley o reglamentos a
personal funcionario o contratado por la Administración General del Estado.
3. Las actividades contempladas en el proyecto formativo estarán directamente
vinculadas con las competencias a desarrollar.
4. Las prácticas tendrán una duración conforme a los créditos asignados en el
proyecto formativo de que se trate, según el horario establecido.
5. Durante el período de duración de las prácticas, los estudiantes estarán
sometidos a las condiciones estipuladas en este convenio y al régimen de
funcionamiento del centro de la Armada donde se efectúen las prácticas, especialmente
en lo relativo al cumplimiento del horario de las actividades formativas.
6. Los estudiantes cumplirán rigurosamente la normativa vigente sobre protección
de materias clasificadas, seguridad de la información y seguridad militar, así como la
referida a la protección de datos de carácter personal.
7. Los tutores que designen ambas partes cumplirán los requisitos establecidos en
el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, cuando sea la normativa de aplicación.
8. Los estudiantes mantendrán contacto con los tutores, según el procedimiento
que se determine.
9. Las prácticas consistirán en el desarrollo de las actividades relacionadas en el
modelo que se incorpora como «anexo» a este convenio. A este «anexo» se incorporan
las declaraciones de conformidad de los estudiantes (modelo de declaración de
conformidad), por las que los estudiantes manifiestan conocer las condiciones de
realización de las prácticas, sus derechos y deberes.
10. Los trabajos académicos desarrollados por los estudiantes durante las
actividades objeto de este convenio, ya sean de carácter documental, científico o de
desarrollo tecnológico, podrán ser utilizados por las partes, si resultan de su interés, y
cumpliendo, en cualquier caso, la normativa vigente sobre propiedad intelectual. Si el
trabajo se publica, incluirá una referencia o agradecimiento al MINISDEF o al centro de
la Armada en la Comunidad de Madrid en el que se realicen las prácticas.
11. Por causas debidamente justificadas, y tras el trámite de audiencia, cualquiera
de las partes podrá resolver el período de prácticas a cualquier estudiante.
Confidencialidad de la información.

La información que, en el marco de la ejecución de este convenio obtengan las
partes, con la expresa autorización para su explotación en el caso del MINISDEFArmada, tendrá la consideración de «uso público» y podrá ser usada públicamente sin
restricciones.
Las partes acuerdan que el resto de la información que se revelen mutuamente o a la
que puedan acceder durante las actividades amparadas por este convenio tendrá la
consideración de «uso oficial»; por lo que se comprometen a guardar la debida reserva
sobre dicha información.
El citado deber de reserva permanecerá durante el periodo de vigencia del presente
convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de éste. Asimismo, las partes se
comprometen a devolverse o destruir la documentación recibida en el momento de
extinción del presente convenio sin que sea necesario requerimiento previo para ello.
Queda excluida del presente convenio la información clasificada del MINISDEFArmada, cuya protección se regula por la normativa específica, y que no puede ser
cedida a organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de
seguridad pertinentes.
Quinta.

Protección de Datos de Carácter Personal.

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas física en lo que respecta

cve: BOE-A-2023-9014
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Cuarta.