III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-9016)
Resolución de 31 de marzo de 2023, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Cuntis y la Sociedad Mercantil Estatal Suelo Empresarial del Atlántico, SL, S.M.E., para la ejecución del polígono 1 del plan de sectorización "Parque empresarial A Ran".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 11 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 52016

Intervienen en razón de los cargos que ambos desempeñan y representan a las
respectivas entidades, en nombre de las que actúan con plena capacidad y legitimación
y, a tal efecto,
EXPONEN
I. En el término municipal de Cuntis, se encuentra un ámbito de actuación,
clasificado urbanísticamente como «Suelo Apto para urbanizar –SAU2–» de uso
industrial en las «Normas Subsidiarias de Planeamiento» aprobadas por la Comisión
Provincial de Urbanismo con fecha de 18 de diciembre de 1990. Se trata de un ámbito en
el que, a consecuencia de ciertas vicisitudes jurídicas, se favoreció la implantación/
asentamiento al margen del planeamiento de ciertas empresas de sectores diversos
como la alimentación, la piedra, la comercialización y cerámica.
En dicho espacio se pretende la implantación de una empresa del sector del aluminio
en una planta de recuperación de aluminio y extrusionado para una línea de producción
ligada al vehículo eléctrico.
Con estos antecedentes y con el doble objetivo de crear suelo industrial y establecer,
al mismo tiempo, un marco legal que regule y ordene racionalmente la situación de
hecho existente en la realidad física provocada por el proceso de urbanización y
edificación surgido bajo el régimen transitorio previamente descrito, se tramitó el Plan de
sectorización da «Zona comercial A Ran», instrumento urbanístico aprobado por acuerdo
plenario de fecha 27 de septiembre de 2013, que contiene la planificación urbanística de
la zona.
En concreto, con este instrumento urbanístico se delimitó un área de unas 120
hectáreas clasificadas como Suelo Apto para Urbanizar n.º 2 (SAU2) en las vigentes
NSMP, desarrollando este Plan de Sectorización aproximadamente la mitad sur de este
suelo apto para urbanizar, incluyendo la totalidad de las industrias existentes y,
englobando el ámbito que, con frente a la carretera nacional 640, se sitúa en continuidad
inmediata con el suelo urbano. En concreto, la superficie bruta afectada por la
sectorización es de 637.459 m².
En este mismo instrumento se contempló la ejecución del Plan de Sectorización por
el sistema de expropiación, acometiendo la urbanización de todo el ámbito en dos
polígonos de dimensiones similares; polígono n.º 1, en la mitad sur, objeto de la presente
actuación, y un polígono 2, en la mitad norte, separados por la vía principal de
orientación este-oeste, condicionando este último a la plena ocupación del polígono 1.
Precisamente, el objeto de este convenio se va a centrar en el desarrollo y ejecución de
este polígono 1.
II. El Consorcio de la Zona Franca de Vigo es una entidad de derecho público,
creada por Decreto de 20 de junio de 1947, cuyo objeto, según figura en su Estatuto
Fundacional (aprobado por Orden del Ministerio de Hacienda de 24 de julio de 1951 y
modificado por Orden de 11 de mayo de 1998) es, además de la gestión y explotación de
la Zona Franca, la contribución al desarrollo y dinamización económica y social de su
área de influencia.
De esta manera, la transformación urbanística de este ámbito deberá servir para la
relocalización de empresas e industrias de la zona que tienen agotada la capacidad de
ampliación y precisan nuevas superficies para ampliar sus proyectos empresariales,
dando también respuesta a la gran demanda de suelo industrial existente en la zona y,
en especial, al interés mostrado por empresas vinculadas al sector de la automoción y
del vehículo eléctrico.
III. Suelo Empresarial del Atlántico, SL, S.M.E. (SEA, en adelante), es una sociedad
mercantil estatal participada en un 83,44 % por el Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana del Gobierno de España, a través de SEPES, Entidad Estatal de Suelo;
en un 14,26 % por la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la
Xunta de Galicia, a través del Instituto Galego da Vivenda e Solo; en un 1,65 % por
Abanca Corporación Bancaria, SA, y un 0,65 % por la Xunta de Galicia, configurándose

cve: BOE-A-2023-9016
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Núm. 86