II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Destinos. (BOE-A-2023-8949)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 21 de febrero de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Martes 11 de abril de 2023

Sec. II.A. Pág. 51830

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
8949

Resolución de 3 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se resuelve
la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 21 de
febrero de 2023.

Por Resolución de 21 de febrero de 2023, de la Subsecretaría (BOE de 1 de marzo),
se anunció convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de puesto
de trabajo que figuraba relacionado en el anexo I.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1 c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
de medidas para la reforma de la Función Pública, previo cumplimiento de la tramitación
que exige el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, una vez
acreditada la observancia del procedimiento debido, así como el cumplimiento por parte
del candidato elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria,
esta Subsecretaría acuerda dar publicidad a la resolución de la convocatoria referida
según se detalla en el anexo.
Según lo establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el
plazo de toma de posesión del nuevo destino será de tres días hábiles, o de un mes si
comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
Dicho plazo comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá
efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución. Si
ésta comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá
contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o
licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas
el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Madrid, 3 de abril de 2023.–El Subsecretario de Educación y Formación Profesional,
Liborio López García.

cve: BOE-A-2023-8949
Verificable en https://www.boe.es

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su
publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al
domicilio del demandante, a elección del mismo, conforme a lo establecido en los
artículos 10.1.i) y 14.1. Segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo,
recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, de
acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.