III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-9017)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Albacete.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Martes 11 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 52025

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
9017

Resolución de 3 de abril de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la
que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos
Industriales de Albacete.

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Ingenieros Técnicos Industriales de Albacete un convenio de colaboración en materia de
gestión catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 3 de abril de 2023.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General
del Catastro) y el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Albacete,
en materia de gestión catastral.
En Madrid y Albacete, a treinta y uno de marzo del año dos mil veintitrés.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, don Emilio Antonio López Moreno, Decano del Colegio Oficial de
Ingenieros Técnicos Industriales de Albacete, nombrado el 10 de junio de 2021, que
ostenta la representación del Colegio, en virtud del artículo 47 de los Estatutos
particulares del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Albacete, publicitado por
Resolución de 8 de marzo de 2002, de la Secretaría General de Administraciones
Públicas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM de 18 de marzo).
EXPONEN

El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y

cve: BOE-A-2023-9017
Verificable en https://www.boe.es

Primero.