III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-8913)
Resolución 600/38140/2023, de 21 de marzo, de la Jefatura del Estado Mayor de la Armada, por la que se delegan competencias sobre comisiones de servicio con derecho a indemnización.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Lunes 10 de abril de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DEFENSA
8913

Resolución 600/38140/2023, de 21 de marzo, de la Jefatura del Estado
Mayor de la Armada, por la que se delegan competencias sobre comisiones
de servicio con derecho a indemnización.

El Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del
servicio atribuye, en su artículo 4.1, al Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada la
designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización dentro del
ámbito de su competencia.
Razones de carácter operativo y de una mayor agilidad administrativa llevaron a
dictar la Resolución 21/2003, de 4 de marzo, del Almirante Jefe de Estado Mayor de la
Armada por la que se delegaba en determinadas Autoridades de la Armada la facultad
para designar comisiones de servicio con derecho a indemnización, en el ámbito de sus
competencias.
Las adaptaciones orgánicas de la Armada derivadas de la Instrucción 52/2009, de 31
de julio, del Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada, por la que se desarrollaba la
organización de la Fuerza de la Armada y la Directiva 09/2018, de 5 de julio, del
Almirante Jefe de Estado Mayor de la Armada, por la que se implantaba de forma
transitoria la nueva estructura orgánica de la Armada, aconsejaron modificar la
Resolución 21/2003 para adaptarla a la nueva organización de la Armada.
La Instrucción 15/2021, de 11 de marzo, del Almirante Jefe de Estado Mayor de la
Armada, por la que se establece la nueva organización de la Armada, hace necesario
incluir como nueva autoridad delegada para determinado tipo de comisiones de servicio
con derecho a indemnización al Almirante Director de Enseñanza Naval.
Por todo ello, y para evitar la dispersión normativa, es necesario recoger en un solo
texto las diferentes modificaciones de la Resolución 21/2003, de 4 de marzo.
El artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, establece que los órganos de la Administración pueden delegar el ejercicio de
las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración
cuando resulte conveniente para alcanzar los fines que tengan asignados y mejorar la
eficacia de su gestión. Esta delegación debe ser aprobada previamente por el órgano
ministerial de quien dependa el órgano delegante.
Por ello, en uso de las facultades que me confiere el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y previa aprobación de la
Ministra de Defensa, dispongo:
Primero.

Objeto.

Delegar en determinadas autoridades de la Armada la designación de comisiones de
servicio con derecho a indemnización.
Autoridades a las que se delega la designación de comisiones de servicio.

Se delega la designación de las comisiones de servicio con derecho a
indemnización, dentro del territorio nacional, y en el ámbito de sus respectivas
competencias, en las siguientes autoridades:
Almirante de la Flota.
Almirante Jefe de Personal.
Almirante Jefe del Apoyo Logístico.
Almirante de Acción Marítima.

cve: BOE-A-2023-8913
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Segundo.