III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-8914)
Resolución 3H0/38139/2023, de 29 de marzo, del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, O.A., sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Lunes 10 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 51416

3.º En el Jefe de la SEA de la Base Aérea de Albacete.
4.º En el Jefe de la SEA del Cuartel General del Mando Aéreo de Canarias.
5.º En el Jefe de la SEA de la Base Aérea de Torrejón.
6.º En el Jefe de la SEA de la Base Aérea de Morón.
7.º En el Jefe de la SEA de la Base Aérea de Matacán (Salamanca).
2. Los que se financien con créditos destinados a adquisición o suministro de
bienes muebles, armamento, material y equipamiento para uso de las Fuerzas Armadas,
así como a los fines de la modernización de la Defensa o necesidades operativas de las
Fuerzas Armadas, siempre que tengan la consideración de inversión, conforme a la
clasificación económica del gasto aprobada por el Ministerio de Hacienda y Función
Pública.
a) En el Director de Asuntos Económicos del Ejército de Tierra.
b) En el Subdirector General de Gestión Económica de la Dirección General de
Asuntos Económicos.
c) En el Subdirector General de Adquisiciones de Armamento y Material de la
Dirección General de Armamento y Material.
d) En el Jefe de Asuntos Económicos del Estado Mayor de la Defensa.
e) En el Jefe de la Sección de Asuntos Económicos de la Unidad Militar de
Emergencias.
f) En el Jefe de la Jefatura de Asuntos Económicos del Mando de Apoyo Logístico
del Ejército de Tierra.
g) En el Director de Gestión Económica de la Jefatura de Apoyo Logístico de la
Armada.
h) En el Director de la Dirección de Adquisiciones del Mando de Apoyo Logístico
del Ejército del Aire y del Espacio.
i) En el Jefe de Administración Económica del Cuarto Militar de S.M. el Rey y
Guardia Real.
3. Los que se financien con créditos destinados a programas específicos de
investigación, desarrollo e innovación en el ámbito de defensa, en el Subdirector General
de Adquisiciones de Armamento y Material de la Dirección General de Armamento y
Material.
Normas sobre delegación.

1. Las autoridades delegadas quedan constituidas en órganos de contratación del
organismo autónomo en las materias propias de su competencia, con arreglo a los
créditos que les asigne dicho organismo.
2. En las resoluciones que adopten las autoridades delegadas en virtud de la
presente delegación de competencias, se indicarán expresamente esta circunstancia,
con cita expresa de esta resolución y de su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado».
3. Las autoridades indicadas forman parte de la actual estructura orgánica del
Ministerio de Defensa, por lo que, en caso de variación, se entenderán referidos a las
autoridades que asuman sus funciones.
4. El órgano delegante podrá avocar cualquier asunto comprendido en esta
delegación de competencias mediante el procedimiento establecido en el artículo 10 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Cuarto. Autorización previa.
De conformidad con lo previsto en artículo 324.5 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre y en la Disposición Adicional Primera de la Orden Ministerial DEF/244/2014,
de 10 de febrero, por la que se delegan facultades en materia de contratos, acuerdos
técnicos y otros negocios jurídicos onerosos en el ámbito del Ministerio de Defensa,

cve: BOE-A-2023-8914
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Tercero.