III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2023-8938)
Resolución de 30 de marzo de 2023, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con el Corte Inglés, SA, para la elaboración del Índice de Precios de Consumo e Índice de Precios de Consumo Armonizado y las Paridades de Poder Adquisitivo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Lunes 10 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 51792

la distribución de productos de alimentación y droguería ubicados en territorio español
(en adelante el Convenio).
Segundo.
Los resultados de esta colaboración han sido satisfactorios para ambas partes.
Tercero.
La cláusula cuarta del citado Convenio, relativa a la vigencia, dispone que el mismo
resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial
del Estado» manteniendo su vigencia por un periodo de cuatro años, prorrogables por
acuerdo de las Partes, por un único periodo de igual duración. El Convenio fue publicado
el 30 marzo de 2019, por lo que su vigencia finaliza el próximo 30 de marzo de 2023.
Cuarto.
La citada cláusula cuarta recoge, igualmente, que en cualquier momento antes de la
finalización del plazo de vigencia, los firmantes del Convenio podrán acordar
expresamente su prórroga por un periodo de cuatro años adicionales.
Quinto.
Que resulta voluntad de las partes dar continuidad a la colaboración regulada en el
citado Convenio por lo que,
ACUERDAN
Primero.
Establecer la prórroga de cuatro años del Convenio entre el Instituto Nacional de
Estadística y El Corte Inglés S.A. para la elaboración del Índice de Precios de Consumo
e Índice de Precios de Consumo Armonizado y las Paridades de Poder Adquisitivo, a
contar desde el 31 de marzo de 2023 y con vencimiento el 30 de marzo de 2027.
Segundo.
Dejar inalteradas el resto de las cláusulas del Convenio.

De acuerdo con lo establecido en artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda de prórroga del Convenio
surtirá efectos desde el día 31 de marzo 2023, previa inscripción de la misma en el
Registro electrónico estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público
estatal en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la
misma Ley. Asimismo, esta adenda se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el
plazo de diez días hábiles desde su formalización
Y en prueba de conformidad, suscriben la presente adenda de prórroga, tomándose
como fecha de firma la fecha en que lo haga el último firmante, es decir el 29 de marzo
de 2023.–Por el Instituto Nacional de Estadística, el Director General de Planificación
Estadística y Procesos, por delegación de la Presidenta del Organismo (Resolución
de 24 de octubre de 2022 de la Presidencia del INE, BOE de 28 de octubre), Carlos
Javier Ballano Fernández.–Por el Corte Inglés, el Director General de Retail, José María
Folache González Parrad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

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Tercero.