I. Disposiciones generales. TRIBUNAL SUPREMO. Sentencias. (BOE-A-2023-8707)
Sentencia de 2 de marzo de 2023, de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, en el recurso de casación para la unificación de doctrina n.º 8/3972/2020, interpuesto por el Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad (art. 219.3 LRJS), sobre prestación de nacimiento y cuidado del menor en familia monoparental. Solicitud de reconocimiento de una nueva prestación, distinta a la ya reconocida, y coincidente con la que hubiera correspondido al otro progenitor. Denegación en aplicación a la normativa vigente que cumple las exigencias derivadas del Derecho de la Unión Europea, de la Constitución y de acuerdos y tratados internacionales. Se estima el recurso del Ministerio Fiscal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 82

Jueves 6 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 50593

I. DISPOSICIONES GENERALES

TRIBUNAL SUPREMO
8707

Sentencia de 2 de marzo de 2023, de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo,
en el recurso de casación para la unificación de doctrina n.º 8/3972/2020,
interpuesto por el Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad (art. 219.3
LRJS), sobre prestación de nacimiento y cuidado del menor en familia
monoparental. Solicitud de reconocimiento de una nueva prestación, distinta
a la ya reconocida, y coincidente con la que hubiera correspondido al otro
progenitor. Denegación en aplicación a la normativa vigente que cumple las
exigencias derivadas del Derecho de la Unión Europea, de la Constitución y
de acuerdos y tratados internacionales. Se estima el recurso del Ministerio
Fiscal.

En el recurso de casación para la unificación de doctrina n.º 8/3972/2020, interpuesto
por el Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad (art. 219.3 LRJS), sobre prestación de
nacimiento y cuidado del menor en familia monoparental. Solicitud de reconocimiento de
una nueva prestación, distinta a la ya reconocida, y coincidente con la que hubiera
correspondido al otro progenitor. Denegación en aplicación a la normativa vigente que
cumple las exigencias derivadas del Derecho de la Unión Europea, de la Constitución y
de acuerdos y tratados internacionales Es al legislador a quien corresponde determinar
el alcance y contenido de la protección que debe dispensarse a este tipo de familias. Se
estima el recurso del Ministerio Fiscal, en el cual la Sala Cuarta (Sección Tercera) del
Tribunal Supremo ha dictado sentencia núm. 169/2023 de fecha 2 de marzo de 2023,
cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
FALLO

1. Estimar el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el
Ministerio Fiscal.
2. Casar y anular la sentencia de fecha 6 de octubre de 2020 dictada por la Sala de
lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el recurso de suplicación
núm. 941/2020 y aclarada por auto de fecha 3 de noviembre de 2020.
3. Resolver el debate en suplicación desestimando el de tal clase y, al efecto,
declarar la firmeza sentencia de fecha 18 de mayo de 2020, dictada en autos 1015/2019,
por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Bilbao, seguidos a instancia de XXX XXXX XXXX
XXXXX, contra la Tesorería General de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de la
Seguridad Social, sobre prestaciones.
4. La presente resolución no afectará a la situación particular de XXX XXXX XXXXX
XXXXX creada por la sentencia que aquí se casa y anula.
5. No efectuar declaración alguna sobre imposición de costas.
6. Ordenar la publicación del fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma. D.ª Rosa María Virolés Piñol; D. Antonio V. Sempere Navarro;
D. Ángel Blasco Pellicer; D. Sebastián Moralo Gallego; D.ª María Luz García Paredes;
D.ª Concepción Rosario Ureste García; D. Juan Molins García-Atance; D. Ignacio GarciaPerrote Escartín

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Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la
Constitución, esta Sala ha decidido: