III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Deuda del Estado. (BOE-A-2023-8741)
Resolución de 5 de abril de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de abril de 2023 y se convocan las correspondientes subastas.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 6 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 50858

Estado al 1,00 por 100, vencimiento 30 de julio de 2042. En las Obligaciones del Estado a quince
años, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 0,70
por 100, con vencimiento el 30 de noviembre de 2033, el cupón real anual y las fechas de
amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes
ECE/930/2018 y ECE/940/2018, de 11 y 12 de septiembre, respectivamente.
2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 30 de julio de 2023 en las
Obligaciones al 1,00 por 100 y el 30 de noviembre de 2023 en las Obligaciones a quince años
al 0,70 por 100, indexadas a la inflación. En las Obligaciones a diez años al 3,15 por 100, el
primer cupón a pagar será el 30 de abril de 2023, por un importe de 0,759452 por 100, según
se estable en la Orden ETD/66/2023, de 26 de enero y en los Bonos a tres años al 2,80
por 100, el primer cupón a pagar será el 31 de mayo de 2023, por un importe de 1,027945
por 100, según se establece en la Resolución de 5 de enero de 2023.
2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio
de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos
segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y
reconstitución en los Bonos a tres años al 2,80 por 100, en las Obligaciones a diez años
al 3,15 por 100 y en las Obligaciones a quince años al 0,70 por 100, indexadas a la
inflación, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del
Tesoro y Financiación Internacional.
3. Las subastas tendrán lugar el próximo 13 de abril de 2023, conforme al calendario
hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 20 de enero de 2023, y el precio de las
peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento
con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el
nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón, y además, en el caso de las Obligaciones
al 0,70 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración la aplicación del
correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este respecto, el cupón
corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el
artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, es el 0,70 por 100 en los Bonos a
tres años al 2,80 por 100, el 0,66 por 100 en las Obligaciones a diez años al 3,15 por 100,
el 0,27 por 100 en las Obligaciones a quince años al 0,70 por 100 indexadas a la inflación y
el 0,72 por 100 en las Obligaciones al 1,00 por 100. Asimismo, el coeficiente de indexación o
índice multiplicador correspondiente a la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el
punto 3.g) de la Orden ECE/930/2018, es el 1,18123.
4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta Resolución, a
las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito
de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las
subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores
y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la
normativa reguladora de estas entidades.
5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 18 de
abril de 2023, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en
la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de
Valores, SA Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta
Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el
apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se
gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la
participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y
rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone,
calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023,
de 17 de enero.
Madrid, 5 de abril de 2023.–El Director General del Tesoro y Política Financiera,
Álvaro López Barceló.

cve: BOE-A-2023-8741
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 82