III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-8730)
Resolución 420/38137/2023, de 29 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la definición, desarrollo y ejecución del Máster Universitario en "Logística y Gestión Económica de la Defensa".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 82
Jueves 6 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 50779
público estatal, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, y será publicado en
el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
Su vigencia será de cuatro años, pudiendo prorrogarse, por mutuo acuerdo expreso
de las partes antes de su finalización, por un período igual de cuatro años, según los
límites temporales previstos en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
formalizándose por escrito la prórroga antes de la expiración del plazo de vigencia del
convenio, mediante la suscripción de la correspondiente adenda.
El convenio podrá revisarse en cualquier momento, a requerimiento de alguna de las
partes, y, en su caso, modificarse por acuerdo expreso de ambas, mediante la
suscripción de la correspondiente adenda de modificación.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fechas arriba indicados.–Por el
Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Armada, Antonio Martorell
Lacave.–Por la Universidad Complutense de Madrid, el Vicerrector de Relaciones
Institucionales, José María Coello de Portugal Martinez del Peral.
ANEXO
Información sobre el tratamiento de datos personales vinculados a este convenio
Las partes informarán a los firmantes que actúan en nombre y representación de
cada una de ellas y a las personas de contacto, que los datos de carácter personal, que
faciliten en virtud del mismo o aquellos que proporcionen con posterioridad, serán
tratados por cada una de las partes con la finalidad de gestionar el mantenimiento,
cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en el presente convenio,
siendo la base de legitimación la relación jurídica de las partes.
Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad activa y derecho de acceso
a la información pública previstas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, las
partes se comprometen a respetar la confidencialidad de la información que se
suministren en la ejecución del presente convenio o cualquier otro acuerdo específico
que se derive del mismo.
Con respecto al tratamiento de datos personales que pudiera derivar de la ejecución
del presente convenio, las partes se obligan expresamente a cumplir el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección
de las personas físicas por lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos, y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, y la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los
derechos digitales.
1. La Universidad tratará los datos personales de los firmantes del convenio, de
personas de contacto y de cualesquiera otras relacionadas con su ejecución en los
siguientes términos:
Responsable.
Universidad de Complutense de Madrid (UCM).
CIF núm. Q2818014I.
Avda. de Séneca, 2.
28040 Madrid.
b) Datos de contacto del delegado de protección de datos. Puede contactarse con
el delegado de protección de datos mediante correo electrónico, remitido a la cuenta
cve: BOE-A-2023-8730
Verificable en https://www.boe.es
a)
Núm. 82
Jueves 6 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 50779
público estatal, en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización, y será publicado en
el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
Su vigencia será de cuatro años, pudiendo prorrogarse, por mutuo acuerdo expreso
de las partes antes de su finalización, por un período igual de cuatro años, según los
límites temporales previstos en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
formalizándose por escrito la prórroga antes de la expiración del plazo de vigencia del
convenio, mediante la suscripción de la correspondiente adenda.
El convenio podrá revisarse en cualquier momento, a requerimiento de alguna de las
partes, y, en su caso, modificarse por acuerdo expreso de ambas, mediante la
suscripción de la correspondiente adenda de modificación.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fechas arriba indicados.–Por el
Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Armada, Antonio Martorell
Lacave.–Por la Universidad Complutense de Madrid, el Vicerrector de Relaciones
Institucionales, José María Coello de Portugal Martinez del Peral.
ANEXO
Información sobre el tratamiento de datos personales vinculados a este convenio
Las partes informarán a los firmantes que actúan en nombre y representación de
cada una de ellas y a las personas de contacto, que los datos de carácter personal, que
faciliten en virtud del mismo o aquellos que proporcionen con posterioridad, serán
tratados por cada una de las partes con la finalidad de gestionar el mantenimiento,
cumplimiento, desarrollo, control y ejecución de lo dispuesto en el presente convenio,
siendo la base de legitimación la relación jurídica de las partes.
Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad activa y derecho de acceso
a la información pública previstas en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, las
partes se comprometen a respetar la confidencialidad de la información que se
suministren en la ejecución del presente convenio o cualquier otro acuerdo específico
que se derive del mismo.
Con respecto al tratamiento de datos personales que pudiera derivar de la ejecución
del presente convenio, las partes se obligan expresamente a cumplir el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección
de las personas físicas por lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos, y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, y la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los
derechos digitales.
1. La Universidad tratará los datos personales de los firmantes del convenio, de
personas de contacto y de cualesquiera otras relacionadas con su ejecución en los
siguientes términos:
Responsable.
Universidad de Complutense de Madrid (UCM).
CIF núm. Q2818014I.
Avda. de Séneca, 2.
28040 Madrid.
b) Datos de contacto del delegado de protección de datos. Puede contactarse con
el delegado de protección de datos mediante correo electrónico, remitido a la cuenta
cve: BOE-A-2023-8730
Verificable en https://www.boe.es
a)