I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Seguridad Social. (BOE-A-2023-8706)
Corrección de erratas de la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo, por la que se modifica la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 82
Jueves 6 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 50592
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
8706
Corrección de erratas de la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo, por la que
se modifica la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan
las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo,
protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación
profesional para el ejercicio 2023.
Advertidas erratas en la inserción de la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo, por la
que se modifica la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las
normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de
actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023,
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 77, de fecha 31 de marzo de 2023,
páginas 46676 a 46684, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Grupo
de cotización
Categorías profesionales
Bases mínimas
–
Euros/mes
Bases máximas
–
Euros/mes
1
Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del
Estatuto de los Trabajadores.
1.759,50
4.495,50
2
Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados.
1.459,20
4.495,50
3
Jefes Administrativos y de Taller.
1.269,30
4.495,50
4
Ayudantes no Titulados.
1.260,00
4.495,50
5
Oficiales Administrativos.
1.260,00
4.495,50
6
Subalternos.
1.260,00
4.495,50
7
Auxiliares Administrativos.
1.260,00
4.495,50
Bases mínimas
–
Euros/día
Bases máximas
–
Euros/día
Grupo
de cotización
Categorías profesionales
8
Oficiales de primera y segunda.
42,00
149,85
9
Oficiales de tercera y Especialistas.
42,00
149,85
10
Peones.
42,00
149,85
11
Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional.
42,00
149,85
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-8706
Verificable en https://www.boe.es
En la página 46678, la tabla que aparece en el apartado «Dos» del Artículo único,
que contiene errores, debe ser sustituida por las siguientes:
Núm. 82
Jueves 6 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 50592
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
8706
Corrección de erratas de la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo, por la que
se modifica la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan
las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo,
protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación
profesional para el ejercicio 2023.
Advertidas erratas en la inserción de la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo, por la
que se modifica la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las
normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de
actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023,
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 77, de fecha 31 de marzo de 2023,
páginas 46676 a 46684, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Grupo
de cotización
Categorías profesionales
Bases mínimas
–
Euros/mes
Bases máximas
–
Euros/mes
1
Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del
Estatuto de los Trabajadores.
1.759,50
4.495,50
2
Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados.
1.459,20
4.495,50
3
Jefes Administrativos y de Taller.
1.269,30
4.495,50
4
Ayudantes no Titulados.
1.260,00
4.495,50
5
Oficiales Administrativos.
1.260,00
4.495,50
6
Subalternos.
1.260,00
4.495,50
7
Auxiliares Administrativos.
1.260,00
4.495,50
Bases mínimas
–
Euros/día
Bases máximas
–
Euros/día
Grupo
de cotización
Categorías profesionales
8
Oficiales de primera y segunda.
42,00
149,85
9
Oficiales de tercera y Especialistas.
42,00
149,85
10
Peones.
42,00
149,85
11
Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional.
42,00
149,85
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cve: BOE-A-2023-8706
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En la página 46678, la tabla que aparece en el apartado «Dos» del Artículo único,
que contiene errores, debe ser sustituida por las siguientes: