II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2023-8616)
Resolución 400/38145/2023, de 3 de abril, de la Subsecretaría, por la que se modifica la Resolución 400/38079/2023, de 22 de febrero, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Miércoles 5 de abril de 2023

Sec. II.B. Pág. 50159

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE DEFENSA
8616

Resolución 400/38145/2023, de 3 de abril, de la Subsecretaría, por la que se
modifica la Resolución 400/38079/2023, de 22 de febrero, por la que se
convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.

Se procede a modificar la Resolución 400/38079/2023, de 22 de febrero («Boletín
Oficial del Estado» n.º 63, de 15 de marzo), en el sentido que a continuación se indica:
Página 38049: La vacante número de orden 0049 del Anexo IA, Jefe/Jefa de Área de
coordinación nivel 28 (código MAP 2005198), queda anulada.
Página 38110: La vacante número de orden 0011 del Anexo IB, Jefe/Jefa de Servicio
Técnico nivel 26 (código MAP 2286538), queda anulada.
Página 38096: La vacante número de orden 0143 del Anexo IA, Investigador/
Investigadora N24 (código MAP 4970109) en la en la columna «GR/SB» donde dice
«A1», debe decir «A1A2».
Esta modificación reabre el plazo de presentación para aquellas solicitudes afectadas
por esta rectificación, que será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al
de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo establecido en la
Base Tercera. 1 de la convocatoria.
Contra esta Resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el Órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día
siguiente a su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso
Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.

cve: BOE-A-2023-8616
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 3 de abril de 2023.–La Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos Tejada.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X