III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-8689)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Fundación Institut Català de Nanociència i Nanotecnologia, para llevar a cabo actividades relacionadas con la investigación científica y el desarrollo tecnológico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Miércoles 5 de abril de 2023

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consecución de una masa crítica de personal, recursos y líneas de investigación que
permitan la obtención de resultados de mucho mayor alcance e impacto de los que
podrían alcanzar las dos instituciones por separado.
II. Que la cláusula octava del convenio («Vigencia y modificación del convenio»)
indica que entrará en vigor una vez publicado en el «Boletín Oficial del Estado», tras
haber sido inscrito en el Registro Electrónico estatal de órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, de acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015.
El convenio tiene una duración de cuatro años desde la fecha de su publicación en
BOE, esto es, desde el 26 de abril de 2019 hasta el 26 de abril de 2023. Además, la
mencionada cláusula establece que «podrá ser prorrogado por cuatro años adicionales,
de forma expresa y escrita, a través de la suscripción de una adenda al efecto con
anterioridad a la fecha de finalización».
III. Que ambas partes se encuentran altamente satisfechas con los resultados
alcanzados a través del mencionado convenio, se reconocen mutuamente su buen
desarrollo y expresan su deseo de continuar su colaboración durante cuatro años más.
Por ello, es voluntad de las partes suscribir la presente adenda para extender la vigencia
del convenio y continuar dando cobertura jurídica a las actuaciones que en él se
recogen, con sujeción a los términos que establecen las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objeto de esta adenda es prorrogar, por un período de cuatro años, el convenio
suscrito con fecha 26 de noviembre de 2018 entre el CSIC y el ICN2 (publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» núm. 100, de 26 de abril de 2019), bajo las mismas
condiciones y estipulaciones que rigen el convenio de origen.
Segunda.

Invariabilidad del resto del clausulado.

Para todo lo no previsto en la presente adenda serán de aplicación las cláusulas
establecidas en el convenio de referencia. En consecuencia, esta adenda se integra en
el mismo como parte integrante e inseparable.
Tercera. Régimen jurídico y vigencia.

Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente adenda,
el 24 de marzo de 2023.–El Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales,
de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC),
Carlos Closa Montero.–El Director de la Fundación Institut Català de Nanociència i
Nanotecnologia (ICN2), Pablo Jesús Ordejón Rontomé.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-8689
Verificable en https://www.boe.es

La presente adenda tiene naturaleza administrativa, quedando sujeta a lo establecido
en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Asimismo,
queda sujeta a lo dispuesto en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición adicional
séptima de la citada ley y, en virtud de ello, surtirá efectos después de su inscripción en
el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO),
debiendo publicarse a continuación en el «Boletín Oficial del Estado». Siendo conforme
con lo previsto en las citadas disposiciones normativas, y tras su inscripción en REOICO,
la vigencia del convenio, bajo las mismas condiciones y estipulaciones que contiene, se
prorrogará desde el 27 de abril de 2023 hasta el 26 de abril de 2027 (ambos inclusive).