III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-8658)
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Miércoles 5 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 50256

Segundo.
El Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de
la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5
de marzo, regula, entre otras cuestiones, la colaboración en la gestión del Catastro entre
la Administración del Estado y otras Administraciones, Entidades y Corporaciones
públicas, fijando el marco al que deben sujetarse los convenios que, sobre esta materia,
se suscriban, sin perjuicio de la aplicación de las prescripciones de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y de la Ley 7/1985, Reguladora de
las Bases del Régimen Local.
Tercero.
El Ayuntamiento de L’Hospitalet de Llobregat, en fecha 26 de mayo de 2022, solicitó
a través de la Gerencia Regional del Catastro de Cataluña, a la Dirección General
del Catastro, la formalización del presente Convenio de colaboración, en sustitución del
Convenio suscrito el 27 de octubre de 2005, actualmente vigente, que se extingue con la
firma del presente Convenio.
Las partes manifiestan y suscriben su común voluntad y acuerdo de resolver el
Convenio de 27 de octubre de 2005, que queda extinguido. Así, resuelto el anterior,
la suscripción del presente Convenio viene a sustituir al citado instrumento de
colaboración.
Cuarto.
El Consejo Territorial de la Propiedad Inmobiliaria de Barcelona ámbito metropolitano,
en sesión celebrada el 9 de junio de 2022, informó favorablemente la suscripción
del presente Convenio, en virtud de lo establecido en el artículo 63.2 del Real
Decreto 417/2006.
En consecuencia, las Administraciones intervinientes proceden a la formalización del
presente Convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

Es objeto del presente Convenio la colaboración entre la Dirección General del
Catastro, a través de la Gerencia Regional del Catastro de Cataluña (en adelante
Gerencia), y el Ayuntamiento de L’Hospitalet de Llobregat (en adelante Ayuntamiento),
para el ejercicio de las funciones de gestión catastral cuyo contenido y régimen jurídico
figuran especificados en las cláusulas siguientes.
Tramitación de los expedientes de alteraciones de dominio.

1. En régimen de encomienda de gestión, se atribuyen al Ayuntamiento la
tramitación de los expedientes de alteraciones de orden jurídico relativas a bienes
inmuebles rústicos y urbanos que se formalicen en el modelo aprobado por Orden
Ministerial, siempre que la transmisión de dominio no se haya formalizado en escritura
pública o solicitado su inscripción en el Registro de la Propiedad o, habiéndose
formalizado la escritura o solicitada la inscripción, no se haya dado cumplimiento a la
obligación establecida en el artículo 38 del texto refundido de la Ley del Catastro
Inmobiliario.
También será objeto de dicha encomienda la tramitación de los expedientes de
solicitudes de baja, previstos en el artículo 15 del mencionado texto legal.

cve: BOE-A-2023-8658
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.