I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2023-8579)
Real Decreto 251/2023, de 4 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la empresa ArcelorMittal España S.A. para la ejecución del proyecto Hidrógeno circular DRI, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Miércoles 5 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 50044

El auditor ha tenido presente a lo largo de su revisión la información contenida en el
listado y en esa declaración, con objeto de comprobar su concordancia con el resto de
información o documentación utilizada por el auditor para la ejecución de los
procedimientos contemplados en esta norma.
7. Que se produce la necesaria coherencia entre los gastos e inversiones
justificadas y la naturaleza de las actividades subvencionadas conforme a la resolución
del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo concedente de la subvención.
c) Solicitud al beneficiario de una declaración relativa a la financiación del proyecto. El
auditor ha recibido de la entidad beneficiaria una declaración conteniendo la relación detallada
de otros recursos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada, con
indicación de su importe y procedencia. Sobre la base de esta información y de las condiciones
impuestas al beneficiario para la percepción de la subvención objeto de revisión, el auditor
analizará la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma
finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados,
nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, a efectos de determinar la
posible incompatibilidad y, en su caso, el exceso de financiación.
d) Otros procedimientos. Además, el auditor ha verificado el cumplimiento de
aquellos otros procedimientos adicionales que exige la resolución del Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo, y también ha verificado que los conceptos y las
actuaciones objeto de subvención responden a las normas y los criterios vigentes para la
concesión de las ayudas.
e) Carta de manifestaciones. Al término de su trabajo el auditor ha solicitado a la
entidad beneficiaria una carta, firmada por la persona que suscribió la cuenta justificativa,
en la que se indica que se ha informado al auditor acerca de todas las circunstancias que
puedan afectar a la correcta percepción, aplicación y justificación de la subvención.
También se han incluido las manifestaciones que sean relevantes y que sirvan de
evidencia adicional al auditor sobre los procedimientos realizados.
Dado que este trabajo de revisión, por sus características, no tiene la naturaleza de
auditoría de cuentas ni se encuentra sometido a la Ley 22/2015 de 20 de julio, de
Auditoría de Cuentas, salvo en lo especialmente señalado en la Orden EHA/1434/2007,
de 17 de mayo, no expresamos una opinión de auditoría sobre la cuenta justificativa.
3. El beneficiario ha puesto a mi/nuestra disposición cuanta información le ha sido
requerida para realización de mi/nuestro trabajo con el alcance establecido en el párrafo anterior.
4. Como resultado del trabajo realizado, les informamos de que no he/hemos
observado hechos o circunstancias que pudieran suponer incumplimientos de la
normativa aplicable o de las condiciones impuestas a (identificación del beneficiario de la
subvención) para la percepción de la subvención a que se refiere el apartado 1 anterior.
En caso contrario, cuando se detecten hechos relevantes el párrafo a incluir será el
siguiente:
Como resultado del trabajo realizado a continuación les informamos de aquellos
hechos o circunstancias que pudieran suponer incumplimientos de la normativa aplicable
o de las condiciones impuestas a (identificación del beneficiario de la subvención) para la
percepción de la subvención a que se refiere el apartado 1 anterior.

Firma y sello del auditor o auditores
XXX
Auditor de cuentas

cve: BOE-A-2023-8579
Verificable en https://www.boe.es

Lugar y fecha: