I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2023-8579)
Real Decreto 251/2023, de 4 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la empresa ArcelorMittal España S.A. para la ejecución del proyecto Hidrógeno circular DRI, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 50039

ANEXO VI
Declaraciones responsables
Don/doña.....………………………………………………………………………..….....……
con DNI/NIE…………………………………………………………………………………….
en representación de la entidad……………………………………............……………….
con NIF……………………………………………………………………………...………….
y domicilio en………………………………………………………………....………….……
provincia de………………………………………………………………………......……….
calle……………………………………………………………………………………………...
en su calidad de……………………………………………………………........…………….
DECLARA
1.º Que la entidad beneficiaria no incurre en alguno de los supuestos contemplados
en el artículo 13.2, 13.3 y 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2.º Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por resolución de
procedencia de reintegro de ayudas o préstamos con la Administración y no estar sujeta
a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea
que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.
3.º Estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera
otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos
Generales del Estado.
4.º No encontrase la empresa en situación de crisis, a tenor de lo dispuesto en la
Comunicación de la Comisión (2014/C 249/01) de Directrices sobre ayudas estatales de
salvamento y reestructuración de empresas no financieras en crisis, o de las posibles
modificaciones posteriores que puedan producirse.
5.º Que cumplirá toda la normativa nacional y de la Unión Europea que resulte de
aplicación (en particular en materia de competencia, contratación y adjudicación de
obras y suministros y medio ambiente), y que se compromete a presentar en el momento
de disponer de ellas, todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para el
proyecto.
6.º Que entre los gastos para los que se solicita financiación, no existen
operaciones con personas o entidades vinculadas al solicitante, o en caso contrario,
declaración de la citada vinculación y de que la operación cumple lo dispuesto en el
artículo 68 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. En este caso, sólo
serán admisibles aquellas inversiones que cuenten con autorización expresa por parte
del órgano gestor y se realicen de acuerdo con las condiciones normales de mercado.
7.º Declaración responsable de no causar perjuicio significativo a los seis objetivos
medioambientales, de acuerdo con el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020.
8.º Cumplir con el resto de condiciones para el acceso a la ayuda.

cve: BOE-A-2023-8579
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Núm. 81