I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2023-8579)
Real Decreto 251/2023, de 4 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la empresa ArcelorMittal España S.A. para la ejecución del proyecto Hidrógeno circular DRI, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 5 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 50036
ANEXO III
Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) del beneficiario
Don/doña
……………………………………………............................…..................…,
con DNI/NIE ………………….....……………….........…..................…, representante legal
de la entidad …………………………………………………...........…….....................…., con
NIF ...................................., y domicilio fiscal en ………………………………………………
……………………………………….……………., que participa como beneficiario de
subvenciones convocadas por el Real Decreto 251/2023, de 4 de abril, por el que se
regula la concesión directa de subvenciones a la empresa ArcelorMittal España, SA,
para la ejecución del proyecto Hidrógeno circular DRI, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el desarrollo de actuaciones necesarias
para la consecución de los objetivos definidos en el Componente 12 «Política Industrial
España 2030»,
DECLARA
Primero. Estar informado de la normativa aplicable a los fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y específicamente de que el artículo 61.3 «Conflicto de
intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 18 de julio de 2018, (Reglamento financiero de la UE) establece que
«existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se
vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de
interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal».
Segundo. Que la empresa que representa no se encuentra incursa en ninguna
situación que pueda calificarse de conflicto de intereses de las indicadas en el
artículo 61.3 del Reglamento Financiero de la UE que pueda afectar al procedimiento de
concesión.
Tercero. Que se compromete a poner en conocimiento del órgano concedente, sin
dilación, cualquier situación de conflicto de intereses que dé o pudiera dar lugar a dicho
escenario.
Cuarto. Que conoce que una declaración de ausencia de conflicto de intereses que
se demuestre que sea falsa, acarreará las consecuencias administrativas o judiciales
que establezca la normativa de aplicación.
cve: BOE-A-2023-8579
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 81
Miércoles 5 de abril de 2023
Sec. I. Pág. 50036
ANEXO III
Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) del beneficiario
Don/doña
……………………………………………............................…..................…,
con DNI/NIE ………………….....……………….........…..................…, representante legal
de la entidad …………………………………………………...........…….....................…., con
NIF ...................................., y domicilio fiscal en ………………………………………………
……………………………………….……………., que participa como beneficiario de
subvenciones convocadas por el Real Decreto 251/2023, de 4 de abril, por el que se
regula la concesión directa de subvenciones a la empresa ArcelorMittal España, SA,
para la ejecución del proyecto Hidrógeno circular DRI, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el desarrollo de actuaciones necesarias
para la consecución de los objetivos definidos en el Componente 12 «Política Industrial
España 2030»,
DECLARA
Primero. Estar informado de la normativa aplicable a los fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, y específicamente de que el artículo 61.3 «Conflicto de
intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 18 de julio de 2018, (Reglamento financiero de la UE) establece que
«existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se
vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de
interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal».
Segundo. Que la empresa que representa no se encuentra incursa en ninguna
situación que pueda calificarse de conflicto de intereses de las indicadas en el
artículo 61.3 del Reglamento Financiero de la UE que pueda afectar al procedimiento de
concesión.
Tercero. Que se compromete a poner en conocimiento del órgano concedente, sin
dilación, cualquier situación de conflicto de intereses que dé o pudiera dar lugar a dicho
escenario.
Cuarto. Que conoce que una declaración de ausencia de conflicto de intereses que
se demuestre que sea falsa, acarreará las consecuencias administrativas o judiciales
que establezca la normativa de aplicación.
cve: BOE-A-2023-8579
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Núm. 81