III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2023-8567)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el establecimiento de un sistema de reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en los respectivos registros de interdicciones de acceso al juego a través de su interconexión automatizada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Martes 4 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 49873

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CONSUMO
8567

Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Dirección General de Ordenación
del Juego, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de
Extremadura, para el establecimiento de un sistema de reconocimiento mutuo
de las inscripciones realizadas en los respectivos registros de interdicciones
de acceso al juego a través de su interconexión automatizada.

El Ministerio de Consumo y la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la
Comunidad Autónoma de Extremadura han suscrito un Convenio para el establecimiento
de un sistema de reconocimiento mutuo de las inscripciones realizadas en los
respectivos registros de interdicciones de acceso al juego a través de su interconexión
automatizada.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Madrid, 29 de marzo de 2023.–El Director General de Ordenación del Juego, Mikel
Arana Echezarreta.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Consumo y la Consejería de Hacienda y
Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el
establecimiento de un sistema de reconocimiento mutuo de las inscripciones
realizadas en los respectivos registros de interdicciones de acceso al juego a
través de su interconexión automatizada
En el lugar y fecha de su firma electrónica.

De una parte, don Alberto Carlos Garzón Espinosa, Ministro de Consumo, nombrado
mediante Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, por el que se nombran Ministros del
Gobierno y en uso de la competencia atribuida por el artículo 61 letra k) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, de otra, la doña Pilar Blanco-Morales Limones, Vicepresidenta Primera y
Consejera de Hacienda y Administración Pública de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto del
Presidente 17/2019, de 1 de julio (DOE número 126, de 2 de julio de 2019), que
interviene en nombre y representación de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública, en virtud de la delegación de firma otorgada por Decreto del
Presidente 26/2019, de 25 de julio, por el que se delega en la persona titular de la
Consejería de Hacienda y Administración Pública la firma de los convenios de
colaboración con el Estado que suscriba la Comunidad Autónoma de Extremadura en el
ámbito de las competencias que dicho departamento tiene atribuidas, estando
debidamente autorizado el Convenio por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 21
de diciembre de 2022.

cve: BOE-A-2023-8567
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