II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Destinos. (BOE-A-2023-8502)
Resolución de 21 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 7 de diciembre de 2022, en el Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Martes 4 de abril de 2023

Sec. II.A. Pág. 49564

concursos de provisión, salvo en el ámbito de una Secretaría de Estado o del mismo
Departamento ministerial, en defecto de aquella o en los supuestos previstos en el
párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública y en el de supresión del puesto de trabajo.
Quinto.
Los destinos adjudicados se consideran de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generan derecho al abono de indemnización por concepto alguno. Los puestos
obtenidos serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión
los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública y opten por el
mismo en cuyo caso vendrán obligados a comunicar por escrito a esta Agencia, en los
tres días hábiles siguientes, la renuncia del puesto adjudicado y la opción ejercitada, con
indicación del Departamento o Comunidad Autónoma en que hubiera obtenido destino,
así como la forma de provisión y la fecha de nombramiento.
La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a un funcionario
o funcionaria en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin
perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Reglamento de Situaciones
Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
aprobado por Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado
en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano judicial competente, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 39/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

cve: BOE-A-2023-8502
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 21 de marzo de 2023.–El Subsecretario de Universidades, P. D. (Orden
UNI/1504/2021, de 28 de diciembre), la Directora de la Agencia Nacional de Evaluación
de la Calidad y Acreditación, Pilar Paneque Salgado.