III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Premios. (BOE-A-2023-8568)
Orden CSM/328/2023, de 24 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Estrategia NAOS.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Martes 4 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 49883

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CONSUMO
Orden CSM/328/2023, de 24 de marzo, por la que se aprueban las bases
reguladoras de los Premios Estrategia NAOS.

La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de los premios
Estrategia NAOS sobre nutrición, actividad física y prevención de la obesidad, que han
venido rigiéndose hasta la fecha por la Orden SAS/2404/2009, de 1 de septiembre, por la
que se convocan los Premios Estrategia NAOS edición 2009.
La elevada prevalencia de la obesidad y el sobrepeso en España impulsó la puesta
en marcha de la Estrategia para la nutrición, actividad física y prevención de la obesidad
(Estrategia NAOS) en el año 2005, a través de la Agencia Española de Seguridad
Alimentaria y Nutrición (en adelante AESAN OA). El objetivo de esta estrategia es
sensibilizar a la población del problema que el exceso de peso representa para la salud e
impulsar las políticas y programas dirigidos a mejorar los hábitos alimentarios y promover
la práctica de actividad física.
Desde que se instituyeron los premios Estrategia NAOS en el año 2007, se ha
querido reconocer y dar visibilidad a aquellas iniciativas que mejor han contribuido a la
consecución de los objetivos propuestos en la Estrategia NAOS, promoviendo la
cooperación entre las administraciones y los actores sociales y económicos implicados.
Las características y objetivos de los premios no han cambiado, sin embargo, es
preciso adaptar las bases reguladoras de los premios Estrategia NAOS que concede la
AESAN OA del Ministerio de Consumo al nuevo marco normativo.
En particular, es preciso incluir las referencias al Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y a la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales.
Procede además ajustar competencias y funciones a lo dispuesto por Real
Decreto 697/2022, de 23 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo
Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición en particular a lo
recogido en el artículo 4.2.k) y adecuar la nueva disposición al Real Decreto 495/2020,
de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de
Consumo y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
Por otra parte, se ha considerado conveniente aclarar las características de los
premios, que tienen carácter honorífico, sin dotación económica y se ha procedido a la
revisión del procedimiento de convocatoria, instrucción y resolución.
La presente orden se ajusta a los principios de buena regulación previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En virtud de los principios de necesidad y eficacia, la
iniciativa se justifica por razón del interés general, al ser su principal objetivo visibilizar y
reconocer iniciativas desarrolladas en los ámbitos de intervención de la Estrategia NAOS
y de esta manera contribuir a la consecución de los objetivos propuestos en el marco de
dicha estrategia.
La orden es proporcionada al fin perseguido, al contener la regulación indispensable
sin imponer nuevas obligaciones a los destinatarios. Asimismo, se atiene al principio de
seguridad jurídica, pues resulta coherente al resto del ordenamiento jurídico y cumple
con el principio de transparencia ya que identifica claramente su propósito. De igual
forma, en aplicación del principio de eficiencia, esta iniciativa normativa evita las cargas

cve: BOE-A-2023-8568
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