I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Terrenos de utilidad pública. (BOE-A-2023-8481)
Ley Foral 6/2023, de 9 de marzo, por la que se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 54.002,93 metros cuadrados de terreno comunal, perteneciente al Concejo de Sagaseta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Martes 4 de abril de 2023

Sec. I. Pág. 49500

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
8481

Ley Foral 6/2023, de 9 de marzo, por la que se declara de utilidad pública y
se aprueba la desafectación de 54.002,93 metros cuadrados de terreno
comunal, perteneciente al Concejo de Sagaseta.
LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral por la
que se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 54.002,93 metros
cuadrados de terreno comunal, perteneciente al Concejo de Sagaseta.
PREÁMBULO
El Concejo de Sagaseta solicita la declaración de utilidad pública y desafectación
de 54.002,93 metros cuadrados de terreno comunal correspondientes a las parcelas
comunales 209, 210 y 226 del polígono 9 del Valle de Egües.
La finalidad de la desafectación para su posterior permuta es la adquisición de
terrenos particulares para la unificación de los pastos del monte Izpikudi y así poder
hacer un mejor aprovechamiento de este.
En virtud de lo dispuesto artículo 140.5 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la
Administración Local de Navarra, la desafectación de la superficie que se solicita por el
Concejo de Sagaseta, al superar los límites establecidos en la definición de pequeña
parcela, requiere que sea aprobada mediante ley foral.
Artículo 1. Declaración de utilidad pública.
Se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 54.002,93 metros
cuadrados de terreno comunal del Concejo de Sagaseta correspondientes a 6.739,51
metros cuadrados de la parcela 209, 7.426,99 metros cuadrados de la parcela 210
y 39.836,43 metros cuadrados de la parcela 266, todas ellas en el polígono 9 del catastro
de Valle de Egües, en Sagaseta. En tanto se realice la permuta de estos terrenos en los
términos del artículo 2 de esta ley foral, mantendrán su condición de bienes comunales.
Artículo 2.

Autorización para la permuta de forma directa.

a) Que en los acuerdos de permuta se incluya una cláusula de reversión a favor del
patrimonio comunal, en el caso de que desaparezcan o se incumplan los fines que
motivaron la desafectación o las condiciones a que se sujetaron.
b) Que dicha cláusula de reversión se refleje en los documentos públicos que
formalicen las permutas y se inscriban en el Registro de la Propiedad.
c) Que se cumplan las estipulaciones reflejadas en el pliego de condiciones
aprobado por el Concejo de Sagaseta, con fecha de 25 de febrero de 2021, para la
desafectación de 54.002,93 metros cuadrados de terreno comunal, correspondientes a la
totalidad de las parcelas 209, 210 y 226 del polígono 9 del Valle de Egúes, en Sagaseta.

cve: BOE-A-2023-8481
Verificable en https://www.boe.es

Se autoriza al Concejo de Sagaseta para la permuta de los terrenos descritos en el
artículo anterior, por 218.168,77 metros cuadrados propiedad de don Román Jesús
Esain Equiza y don Luis Miguel Esain Equiza correspondientes a la parcela 214 del
polígono 9 del catastro de Valle de Egües, en Sagaseta, con el fin de unificar los pastos y
su correspondiente aprovechamiento junto a la parcela comunal 212 del polígono 9,
siempre que se cumplan las siguientes condiciones: