V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2023-10063)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental sobre sometimiento a Información Pública de la reordenación de los accesos existentes entre los puntos kilométricos 309+000 al 310+200 de ambas márgenes de la carretera N-110, T.M. San Miguel de Corneja (Ávila).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80
Martes 4 de abril de 2023
Sec. V-B. Pág. 15743
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. - Que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 36.1 de la Ley 37/
2015, de 29 de septiembre de Carreteras (BOE del día 29), el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana podrá limitar los accesos a las carreteras
estatales y establecer con carácter obligatorio los lugares en los que tales accesos
puedan construirse.
Art. 36.2- El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana queda
facultado para reordenar los accesos existentes con objeto de mejorar la
explotación de la carretera y la seguridad viaria pudiendo expropiar para ello los
terrenos necesarios.
SEGUNDO. - Art. 102.1 y 2) del Reglamento General de Carreteras, de 2 de
septiembre de 1994, R.D., 1812 (BOE del día 23).
TERCERO. - Es competente el Jefe de la Demarcación de Carreteras, para
emitir informes y resoluciones sobre accesos a vías de servicio y carreteras
convencionales y sus vías de servicio, en base a la Orden TMA/1007/2021, de 9 de
septiembre del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana sobre
Delegación de Competencias sobre esta materia, (BOE de 25 de septiembre);
modificada por la Orden TMA/221/2022, 21 de marzo del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana sobre Delegación de Competencias
sobre esta materia, (BOE de 23 de marzo).
CUARTO. - Art. 104.5 del Reglamento General de Carreteras aprobado por
RD/1812/94 de 2 de septiembre.
QUINTO. - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común.
SE PROPONE
La reordenación de los accesos existentes con el levantamiento de los accesos
existentes en los puntos kilométricos 309+445, 309+780 y 309+900 en la margen
derecha y en los puntos kilométricos 309+600, 309+810 y 309+0 en la margen
izquierda, y la apertura de nuevo acceso en el punto kilométrico 309+645 margen
izquierda, por reubicación del acceso en el punto kilométrico 309+600 margen
izquierda, de la carretera N-110. T.M. San Miguel de Corneja (Provincia de Ávila).
Los planos pueden ser consultados en la Unidad de Carreteras del Estado en
Ávila, en el Ayuntamiento de San Miguel de Corneja y en la página de Participación
Pública de la web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Y sométase a Información Pública, por suponer una reordenación de los
accesos existentes, según establece el Art. 104.5 del Reglamento General de
Carreteras aprobado por RD 1812/94 de 2 de septiembre.
Burgos, 27 de marzo de 2023.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación de
Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental, Javier Fernández Armiño.
ID: A230011662-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2023-10063
Verificable en https://www.boe.es
Notifíquese la presente Resolución a los interesados con la mención expresa
de los requisitos exigidos por el Art. 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común.
Núm. 80
Martes 4 de abril de 2023
Sec. V-B. Pág. 15743
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. - Que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 36.1 de la Ley 37/
2015, de 29 de septiembre de Carreteras (BOE del día 29), el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana podrá limitar los accesos a las carreteras
estatales y establecer con carácter obligatorio los lugares en los que tales accesos
puedan construirse.
Art. 36.2- El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana queda
facultado para reordenar los accesos existentes con objeto de mejorar la
explotación de la carretera y la seguridad viaria pudiendo expropiar para ello los
terrenos necesarios.
SEGUNDO. - Art. 102.1 y 2) del Reglamento General de Carreteras, de 2 de
septiembre de 1994, R.D., 1812 (BOE del día 23).
TERCERO. - Es competente el Jefe de la Demarcación de Carreteras, para
emitir informes y resoluciones sobre accesos a vías de servicio y carreteras
convencionales y sus vías de servicio, en base a la Orden TMA/1007/2021, de 9 de
septiembre del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana sobre
Delegación de Competencias sobre esta materia, (BOE de 25 de septiembre);
modificada por la Orden TMA/221/2022, 21 de marzo del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana sobre Delegación de Competencias
sobre esta materia, (BOE de 23 de marzo).
CUARTO. - Art. 104.5 del Reglamento General de Carreteras aprobado por
RD/1812/94 de 2 de septiembre.
QUINTO. - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común.
SE PROPONE
La reordenación de los accesos existentes con el levantamiento de los accesos
existentes en los puntos kilométricos 309+445, 309+780 y 309+900 en la margen
derecha y en los puntos kilométricos 309+600, 309+810 y 309+0 en la margen
izquierda, y la apertura de nuevo acceso en el punto kilométrico 309+645 margen
izquierda, por reubicación del acceso en el punto kilométrico 309+600 margen
izquierda, de la carretera N-110. T.M. San Miguel de Corneja (Provincia de Ávila).
Los planos pueden ser consultados en la Unidad de Carreteras del Estado en
Ávila, en el Ayuntamiento de San Miguel de Corneja y en la página de Participación
Pública de la web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
Y sométase a Información Pública, por suponer una reordenación de los
accesos existentes, según establece el Art. 104.5 del Reglamento General de
Carreteras aprobado por RD 1812/94 de 2 de septiembre.
Burgos, 27 de marzo de 2023.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación de
Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental, Javier Fernández Armiño.
ID: A230011662-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2023-10063
Verificable en https://www.boe.es
Notifíquese la presente Resolución a los interesados con la mención expresa
de los requisitos exigidos por el Art. 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común.