III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Ayudas. (BOE-A-2023-8397)
Resolución de 27 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Administración de Justicia, por el que se modifica el reparto resultante para las comunidades autónomas del crédito asignado para el año 2023 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y se formalizan los compromisos financieros resultantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Lunes 3 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 48985

Año 2023
Entidad ejecutora

CANARIAS.
CANTABRIA.

Importe inicial
prevista
transferencia

Modificación

Importe final
transferencia

1.507.952 €

- 1.507.952 €

0€

505.648 €

CATALUÑA.

3.162.813 €

COMUNIDAD VALENCIANA.

2.226.969 €

GALICIA.

1.074.856 €

COMUNIDAD DE MADRID.

2.719.576 €

505.648 €
- 1.912.121 €

1.250.692 €
2.226.969 €

- 770.623 €

304.233 €
2.719.576 €

NAVARRA, COMUNIDAD FORAL.

585.663 €

PAÍS VASCO.

813.062 €

LA RIOJA.

274.685 €

- 274.685 €

0€

17.921.355 €

- 5.451.908 €

12.469.447 €

I. SUBTOTAL (ÁMBITO CCAA).

- 585.663 €

0€
813.062 €

Por lo tanto, una vez realizada la modificación, el importe a transferir en 2023 a las
Comunidades Autónomas asciende a 12.469.447 euros.
Las transferencias previstas se imputarán a la aplicación presupuestaria creada al
efecto en el Ministerio de Justicia 13.50.11KB.754 «A Comunidades Autónomas.
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», que, de acuerdo a lo establecido en la regla
quinta el artículo 7 de la Ley 31/2022 de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para 2023, solo podrán ejecutarse con la finalidad de financiar actuaciones
que resulten elegibles conforme a su marco regulatorio.
En el anexo del presente documento se relaciona el importe asignado por proyecto y
Comunidad Autónoma que participa en el mismo. No obstante, con carácter excepcional,
si por imposibilidad desde un punto de vista material o técnico un proyecto no pudiera
ser desarrollado por una Comunidad Autónoma, o en el caso que existiera remanente
por haber cumplido el objetivo del proyecto, se podrá compensar destinando la parte
sobrante a otro proyecto, previa autorización del Ministerio de Justicia.
Segundo.

Hitos y objetivos.

Hitos y/u objetivos de acuerdo con la terminología CID (Council Implementing
Decision):
– N.º 164: Procedimiento judicial electrónico.
• Descripción: Al menos el 70 % de los 4.056 órganos judiciales existentes dispondrá
de la infraestructura necesaria para poder celebrar electrónicamente al menos el 30 %
de los procedimientos. Esto implica llevar a cabo acciones judiciales telemáticas en los
diferentes órganos jurisdiccionales con plena seguridad jurídica. Para alcanzar este

cve: BOE-A-2023-8397
Verificable en https://www.boe.es

El Mecanismo de Transformación y Resiliencia, establecido por Reglamento (UE)
214/2021, de 12 de febrero, se ha configurado como un instrumento en el que los pagos
se realizarán por la Comisión Europea tras el cumplimiento de los hitos y objetivos
previamente fijados.
Esta transferencia de créditos no afecta a los compromisos adquiridos respecto del
gasto verde y digital y tampoco afecta al cumplimiento del principio de no realizar un
daño significativo al medio ambiente «Do No Significant Harm».
Dado el carácter finalista de estos fondos, los objetivos a cumplir con cargo al
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia son los siguientes: