II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-8394)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Lunes 3 de abril de 2023
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Sec. II.B. Pág. 48952

De las pruebas

10.1 El concurso de acceso a plazas del cuerpo de Catedráticos de Universidad
constará de una prueba única en la que el candidato o candidata expondrá oralmente
durante un tiempo máximo de 90 minutos su curriculum vitae y su proyecto investigador.
Seguidamente, la Comisión debatirá con el concursante durante un máximo de 120
minutos sobre el proyecto docente, el proyecto investigador y el curriculum vitae.
10.2 El concurso de acceso a plazas del cuerpo de Profesores Titulares de
Universidad constará de dos pruebas. La primera consistirá en la exposición oral y
pública, durante un periodo máximo de noventa minutos, del historial académico,
docente e investigador, y del proyecto investigador. Seguidamente, la Comisión debatirá
con el concursante durante un máximo de noventa minutos.
La segunda prueba consistirá en la exposición oral y pública, durante un tiempo
máximo de noventa minutos, del proyecto docente referido a una asignatura obligatoria
adscrita al área de conocimiento de la plaza objeto de concurso reconocida en el
correspondiente plan de estudios de una titulación oficial de Grado en la Universidad de
Málaga, así como de un tema elegido libremente por el concursante de entre los
presentados en su proyecto docente. Seguidamente, la Comisión debatirá con el
concursante durante un máximo de 90 minutos.
10.3 La prueba única, en el caso de acceso al Cuerpo de Catedráticos de
Universidad, y la primera prueba, en el caso de acceso al Cuerpo de Profesores Titulares
de Universidad, comenzarán en el plazo máximo de diez días naturales desde el acto de
presentación de los concursantes.
10.4 Finalizadas las pruebas, cada uno de los miembros de la Comisión de
Selección deberá emitir informe razonado del sentido de su voto para la adjudicación de
la plaza. A la vista de dichos informes se procederá a realizar una valoración mediante
votación en la que no será posible la abstención.
10.5 No podrá proponerse un número de concursantes superior al de las plazas
convocadas, debiendo contar el concursante propuesto con al menos tres votos favorables.
10.6 La Comisión de Selección propondrá la adjudicación de la plaza a favor del
concursante que haya obtenido el mayor número de votos favorables, lo que constituirá
su fundamento de motivación. En el caso de que dos o más concursantes obtengan el
mismo número de votos favorables la Comisión establecerá la prelación de dichos
candidatos mediante una segunda votación en el que cada miembro votará de manera
excluyente por un solo candidato entre aquellos que hubieran empatado inicialmente. El
presidente dirimirá con su voto los empates.
10.7 Los concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la plaza objeto de
concurso cuando ningún concursante obtuviese, al menos, tres votos favorables.
10.8 La Comisión de Selección dispondrá de dos días naturales contados a partir
de la finalización del concurso para realizar la propuesta del/los candidato/os o
candidata/as para la provisión de las plazas, haciendo público, en el mismo lugar de
celebración de las pruebas, los resultados de la evaluación de cada aspirante.
De la resolución del concurso y de la propuesta de adjudicación

11.1 Concluido el procedimiento selectivo, el Secretario o Secretaria de la Comisión
de Selección, en el plazo máximo de siete días hábiles, entregará en el Servicio de
Personal Docente e Investigador la documentación relativa al concurso, que contendrá:
a) Acta de constitución.
b) Acta de elaboración de los criterios de evaluación.
c) Acta de celebración de las pruebas.
d) Acta de votación que incluirá los votos y los informes razonados de cada
miembro de la Comisión de Selección.
e) Propuesta de adjudicación de la plaza a favor del concursante que haya obtenido
mayor número de votos favorables.

cve: BOE-A-2023-8394
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