II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2023-8337)
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Profesorado de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación, y se deja sin efecto la de 21 de febrero de 2023, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Profesores de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Lunes 3 de abril de 2023

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del Estado, que deberán poseer una antigüedad mínima de dos años de servicio en la
condición de personal investigador contratado como laboral fijo.
5. Instancias de participación
5.1 Las instancias de participación deberán cumplimentarse electrónicamente en el
modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso
General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips, o de los registros
electrónicos para la tramitación de las inscripciones de las personas candidatas en los
procesos selectivos que se establezcan.
5.2 Las instancias de participación se presentarán únicamente por vía electrónica,
de acuerdo con lo que establece el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos. La presentación de la instancia de participación por vía electrónica se
realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de
Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que
se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y
firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
La inscripción en línea del modelo oficial 790.
Anexar documentos a la instancia de participación.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la instancia de participación.

La documentación adicional que, según lo previsto en los apartados 5.5 y 5.6, deben
remitir junto con la instancia de participación, lo podrán hacer anexándola, en documento
pdf, a la instancia de participación telemática.
En caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción, se deberá enviar un correo electrónico a la dirección que aparece en la
aplicación https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias Apartado «Contacto»:
cau.060@correo.gob.es
Las instancias de participación suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de
las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las
mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de
examen en la cuenta corriente número ES06 0182-2370-49-0200203962 (código IBAN,
ES06; código BIC: BBVAESMMXXX), del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante
transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a
nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este
sistema de pago solo será válido para las instancias de participación que sean cursadas
en el extranjero.
Las instancias de participación se dirigirán, como órgano convocante, a la
Subsecretaría del Ministerio de Ciencia e Innovación.
5.3 El plazo para su presentación será de veinte días hábiles contados a partir del
día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». La no presentación en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona
aspirante.
5.4 Solo podrá presentarse una instancia de participación por persona aspirante, en
la cual deberá incluirse un único perfil científico por el que se presenta y se
cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo III. La presentación de dos o
más instancias de participación, la inclusión en una instancia de participación de dos o
más perfiles científicos o la falta de reflejo en la misma de un perfil científico concreto,
supondrá la exclusión de la persona aspirante sin que estos errores puedan ser
subsanados posteriormente.

cve: BOE-A-2023-8337
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