III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2023-8419)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
15 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 3 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 49179

Por todo lo expuesto, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la subvención y beneficiarios.
El objeto de la subvención derivada del Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre,
por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación
de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por el que se modifican
diversos reales decretos en materia turística, que se instrumenta mediante el convenio,
será la realización por la Comunidad Autónoma de Illes Balears, beneficiaria de la
subvención, de los proyectos detallados en el anexo del convenio.
Con este principal objetivo, como señala la inversión 3 del componente 14, se
responde a los retos específicos a los que se enfrenta el sector turístico en esos territorios.
Las medidas mejorarán la competitividad y la capacidad de los territorios mencionados
para adaptarse a la evolución de los mercados internacionales y se orientarán a:
1. Las infraestructuras públicas, con especial atención a la mejora del atractivo de
los espacios públicos para promover el turismo, la gestión medioambiental y el
tratamiento de residuos, así como a la recualificación de infraestructura turística
obsoleta;
2. El refuerzo de los servicios públicos en zonas de especial influencia turística, en
particular, los servicios administrativos, de seguridad y sanitarios;
3. La formación, haciendo especial hincapié en la formación juvenil vinculada al
sector turístico;
4. El desarrollo de productos turísticos alternativos y la modernización de la oferta
turística;
5. La creación de incentivos para facilitar la conectividad con esos territorios y para
que las empresas turísticas operen fuera de la temporada alta;
6. La promoción de los territorios extrapeninsulares nacionales como destinos
turísticos de interés histórico-cultural;
7. Las promociones estratégicas adaptadas a las distintas estaciones del año, con
especial énfasis en las estrategias de comercialización en línea, la accesibilidad
lingüística, la capacidad proactiva en herramientas multimedia y la gestión de las
relaciones con los clientes institucionales.
En el caso de la Comunidad Autónoma de Illes Balears, se prevén actuaciones en,
entre otros, los siguientes campos, que se desarrollarán en las estrategias de resiliencia:
a) Actuaciones regionales de recualificación de infraestructura turística obsoleta.
b) Inversión en infraestructura pública, con especial incidencia en la mejora del
atractivo de los espacios públicos, la promoción de la movilidad sostenible la gestión
medioambiental de playas y su puesta en valor con equipamientos, la dotación de
senderos homologados y el tratamiento de residuos.
c) Refuerzo de los servicios públicos en zonas de especial afluencia turística:
servicios administrativos, seguridad y sanitarios.
d) Formación juvenil específica en el ámbito del turismo.
e) Desarrollo del producto turístico alternativo al sol y playa, como el turismo de
compras o el de naturaleza.
f) Promoción estratégica desestacionalizada, con especial incidencia en estrategias
de marketing online, accesibilidad idiomática, capacidad proactiva en instrumentos
multimedia, SEO, CRM institucional, etc.
g) Desestacionalización: incentivos a la apertura de oferta fuera de la temporada
alta.

cve: BOE-A-2023-8419
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 79