III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2023-8417)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79
Lunes 3 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 49149
reales decretos en materia turística, en el cual se prevén las condiciones y requisitos
para reconocer y otorgar las ayudas.
Octavo.
Que es de interés de ambas partes la implementación del Plan de «Ciudad de
Melilla 2022» de resiliencia turística (en adelante el «Plan Melilla») –incorporado al
convenio con el detalle que figura en el anexo del mismo–, para la consecución,
mediante proyectos, del objetivo general de creación de una estrategia que convierta a
Melilla en un destino turístico de primer orden, punto de referencia para el turismo
nacional e internacional.
Noveno.
Para el Componente 14 del Plan de Recuperación y la Inversión 3 se ha incluido un
objetivo, el CID 224 de la Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021, para
este subproyecto que es el siguiente: «Al menos 400 beneficiarios de los territorios
extrapeninsulares (Baleares, Ceuta y Melilla y Canarias) deberán haber completado
proyectos para mejorar la competitividad y capacidad de adaptación a los cambios de los
mercados internacionales.»
El cumplimiento del objetivo se establece para el segundo trimestre del año 2025 y,
en este caso concreto, el convenio pretende amparar que al menos 50 beneficiarios de
Melilla, deberán haber completado proyectos para mejorar la competitividad y capacidad
de adaptación a los cambios de los mercados internacionales. Por otro lado, como
mecanismo de verificación se prevé elaborar un documento resumen e informe que
justifique debidamente cómo se cumplió el objetivo CID.
Décimo.
Se considera que las ayudas previstas en este convenio no constituyen ayudas de
Estado por cuanto supone mera transferencia dineraria para la consecución del objetivo
CID 224.
No obstante, en cuanto a las actuaciones a financiar habrá que analizar caso a caso
por la beneficiaria si las actuaciones constituyen o no ayudas de Estado y en caso de
serlo se le aplicarán los límites previstos por la normativa europea.
Undécimo.
Que el presente convenio canaliza la subvención de concesión directa prevista a favor
de la Ciudad Autónoma de Melilla en el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio, por
importe de 5.000.000 de euros (cinco millones de euros) de conformidad con lo previsto en
el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).
Que el convenio se regirá por la normativa reguladora prevista en el artículo 2 del
Real Decreto 449/2022, de 14 de junio.
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la subvención y beneficiarios.
El objeto de la subvención derivada del Real Decreto 449/2022, de 14 de junio, por el
que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las
estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por el que se modifican diversos reales
decretos en materia turística, que se instrumenta mediante el convenio, será la
cve: BOE-A-2023-8417
Verificable en https://www.boe.es
Por todo lo expuesto, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por
las siguientes
Núm. 79
Lunes 3 de abril de 2023
Sec. III. Pág. 49149
reales decretos en materia turística, en el cual se prevén las condiciones y requisitos
para reconocer y otorgar las ayudas.
Octavo.
Que es de interés de ambas partes la implementación del Plan de «Ciudad de
Melilla 2022» de resiliencia turística (en adelante el «Plan Melilla») –incorporado al
convenio con el detalle que figura en el anexo del mismo–, para la consecución,
mediante proyectos, del objetivo general de creación de una estrategia que convierta a
Melilla en un destino turístico de primer orden, punto de referencia para el turismo
nacional e internacional.
Noveno.
Para el Componente 14 del Plan de Recuperación y la Inversión 3 se ha incluido un
objetivo, el CID 224 de la Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021, para
este subproyecto que es el siguiente: «Al menos 400 beneficiarios de los territorios
extrapeninsulares (Baleares, Ceuta y Melilla y Canarias) deberán haber completado
proyectos para mejorar la competitividad y capacidad de adaptación a los cambios de los
mercados internacionales.»
El cumplimiento del objetivo se establece para el segundo trimestre del año 2025 y,
en este caso concreto, el convenio pretende amparar que al menos 50 beneficiarios de
Melilla, deberán haber completado proyectos para mejorar la competitividad y capacidad
de adaptación a los cambios de los mercados internacionales. Por otro lado, como
mecanismo de verificación se prevé elaborar un documento resumen e informe que
justifique debidamente cómo se cumplió el objetivo CID.
Décimo.
Se considera que las ayudas previstas en este convenio no constituyen ayudas de
Estado por cuanto supone mera transferencia dineraria para la consecución del objetivo
CID 224.
No obstante, en cuanto a las actuaciones a financiar habrá que analizar caso a caso
por la beneficiaria si las actuaciones constituyen o no ayudas de Estado y en caso de
serlo se le aplicarán los límites previstos por la normativa europea.
Undécimo.
Que el presente convenio canaliza la subvención de concesión directa prevista a favor
de la Ciudad Autónoma de Melilla en el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio, por
importe de 5.000.000 de euros (cinco millones de euros) de conformidad con lo previsto en
el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).
Que el convenio se regirá por la normativa reguladora prevista en el artículo 2 del
Real Decreto 449/2022, de 14 de junio.
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la subvención y beneficiarios.
El objeto de la subvención derivada del Real Decreto 449/2022, de 14 de junio, por el
que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de las
estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por el que se modifican diversos reales
decretos en materia turística, que se instrumenta mediante el convenio, será la
cve: BOE-A-2023-8417
Verificable en https://www.boe.es
Por todo lo expuesto, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por
las siguientes