III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2023-8416)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79

Lunes 3 de abril de 2023

Sec. III. Pág. 49134

Octavo.
Que es de interés de ambas partes la implementación del Plan de «Ciudad de
Melilla 2022» de resiliencia turística (en adelante, el «Plan Melilla») –incorporado al
Convenio con el detalle que figura en el anexo del mismo–, para la consecución,
mediante proyectos, del objetivo general de creación de una estrategia que convierta a
Melilla en un destino turístico de primer orden, punto de referencia para el turismo
nacional e internacional.
Noveno.
Para el Componente 14 del Plan de Recuperación y la inversión 3 se ha incluido un
objetivo, el CID 224 de la Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021, para
este subproyecto que es el siguiente: «Al menos 400 beneficiarios de los territorios
extrapeninsulares (Baleares, Ceuta y Melilla y Canarias) deberán haber completado
proyectos para mejorar la competitividad y capacidad de adaptación a los cambios de los
mercados internacionales».
El cumplimiento del objetivo se establece para el segundo trimestre del año 2025 y,
en este caso concreto, el Convenio pretende contribuir que al menos 50 beneficiarios de
Melilla, deberán haber completado proyectos para mejorar la competitividad y capacidad
de adaptación a los cambios de los mercados internacionales. Por otro lado, como
mecanismo de verificación se prevé elaborar un documento resumen e informe que
justifique debidamente cómo se cumplió el objetivo CID.
Décimo.
Se considera que las ayudas previstas en este Convenio no constituyen ayudas de
Estado por cuanto supone mera transferencia dineraria para la consecución del objetivo
CID 224.
No obstante, en cuanto a las actuaciones a financiar habrá que analizar caso a caso
por la beneficiaria si las actuaciones constituyen o no ayudas de Estado y en caso de
serlo se le aplicarán los límites previstos por la normativa europea.
Undécimo.
Que el presente Convenio canaliza la subvención de concesión directa prevista a
favor de la Ciudad Autónoma de Ceuta en el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre,
por importe de 2.000.000 de euros (dos millones de euros) de conformidad con lo
previsto en el artículo 28.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones (LGS).
Que el Convenio se regirá por la normativa reguladora prevista en el artículo 2 del
Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre.
Por todo lo expuesto, ambas partes suscriben el presente Convenio, que se regirá
por las siguientes

Primera.

Objeto de la subvención y beneficiarios.

El objeto de la subvención derivada del Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre,
por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación
de las estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y por el que se modifican
diversos reales decretos en materia turística, que se instrumenta mediante el Convenio,
será la realización por la Ciudad Autónoma de Melilla, beneficiaria de la subvención, de
los proyectos detallados en el anexo del Convenio.

cve: BOE-A-2023-8416
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